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Uso de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias acelera solución de conflictos legales: PGJE

  • Estos mecanismos promueven resolver casos de manera rápida y satisfactoria

La Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) informó que el uso de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias acelera a resolver los conflictos legales, ya que promueven resolver casos de manera rápida y satisfactoria.

La PGJE dio a conocer que en caso de sufrir un percance vehicular deben recordar que pueden hacer uso de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC), como la mediación para resolver este tipo de casos de manera rápida y satisfactoria.

Además, los tlaxcaltecas interesados en utilizar estos mecanismos podrán comunicarse al número de teléfono de la Procuraduría 246-46-50-500 y a la unidad de justicia Alternativa 246-46-8-95-00.

También los MASC se utilizan para solucionar diferencias entre las partes implicadas de un caso, sin la necesidad de tener que recurrir a la legislación procedimental penal aplicable, estos tienen como finalidad propiciar, a través del diálogo, la solución de controversias que surjan entre los miembros de la sociedad con motivo de la denuncia o querella por un hecho delictivo. Durante estos acuerdos se puede aplicar el diálogo, la economía procesal y la confidencialidad.

Asimismo la PGJE dijo que los MASC se apoyan de la mediación que ayudará a los intervinientes sobre el uso de su autonomía, formulando opciones de solución alterna apoyados por la conciliación que es el mecanismo mediante el cual los intervinientes, propondrán las medidas de solución alternas ante el facilitador y éste a su vez podrá presentar alternativas y la Junta Restaurativa: Mecanismo con el que las personas víctimas, el imputado y, en su caso, la comunidad afectada, en libre ejercicio de su autonomía, buscan y proponen opciones de solución para lograr un acuerdo que atienda las necesidades y responsabilidades individuales y colectivas.

Los Mecanismos Alternativos deben propiciar condiciones de equilibrio entre los intervinientes a través de un entorno idóneo para la manifestación de las propuestas que permitan resolver por consenso la controversia que se trate. Los intervinientes y el facilitador deberán conducir su participación con apego a la verdad.

Los Mecanismos Alternativos podrán ser aplicados desde el inicio del procedimiento penal y hasta antes de dictado el auto de apertura a juicio o antes de que se formulen las conclusiones, según corresponda, de conformidad con lo dispuesto en la legislación procedimental penal aplicable. Artículo 6 Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal