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TLAXCALA CONTARÁ CON REGISTRO ELECTRÓNICO DE CONTRATISTAS DEL ESTADO Y SUS MUNICIPIOS

  • Emite Sefin Lineamientos Generales para el Registro Administrativo en el Padrón Único de Contratistas.

Por José Luis Ramírez Romero

La Secretaría de Finanzas (Sefin) emitió el acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales para el Registro Administrativo en el Padrón Único de Contratistas del Estado de Tlaxcala y sus Municipios.

Una de sus innovaciones consiste en la incorporación del RECET, es decir, el Registro Electrónico de Contratistas del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, que es la plataforma electrónica, administrada por la Sefin, a través de la cual las personas físicas o morales podrán solicitar su Registro, Renovación, Cancelación o la Modificación de sus datos en el Padrón Único de Contratistas, y consultar el estado de sus trámites.

Y para su implementación, la dependencia a cargo de David Álvarez Ochoa contó con un plazo que vence el próximo 8 de septiembre, periodo en el que los movimientos al Padrón se han realizado de manera presencial.

Actualmente, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado faculta a la Oficialía Mayor de Gobierno (OMG) como la dependencia encargada de emitir las bases y convocatorias, llevar a cabo todos los procesos de licitación, invitación a cuando menos tres personas y adjudicación directa de obra pública y servicios relacionados a la infraestructura, hasta la emisión del fallo con recurso estatal o federal.

El mismo ordenamiento legal indica que a la Secretaría de Infraestructura (SI) corresponde ejecutar, controlar y evaluar las obras públicas y la infraestructura del Estado, conforme los criterios fijados por la persona Titular del Ejecutivo y en apego a la legislación vigente.

Sin embargo, el pasado 24 de mayo, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el Decreto 225 por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, cuyo artículo 29 Bis estableció que la Sefin tendrá a su cargo la operación, validación, expedición, actualización, suspensión y cancelación de los registros del Padrón Único de Contratistas del Estado.

Derivado de ello, el registro en dicho Padrón quedó establecido como requisito indispensable para las personas físicas y morales cuyas actividades industriales y comerciales los conduzcan a participar en la realización de obras públicas.

Pero también, ofrece la ventaja de facilitar a los entes públicos “la información completa y oportuna sobre las personas con capacidad de prestar servicios para la contratación de obra pública o servicios relacionados con las mismas, en las mejores condiciones de oferta y calidad atendiendo a su especialidad y capacidad técnica, asegurando de esta forma al Estado y los Municipios una herramienta actualizada, confiable y veraz, además de las mejores condiciones en la adjudicación de contratos en esta materia.

Cabe recordar que el Artículo Cuarto Transitorio del referido decreto otorgó a la Sefin 90 días para publicar los Lineamientos del procedimiento de inscripción al Padrón.

En este sentido, aquellos contratistas que, antes del inicio de la vigencia de estos Lineamientos, el pasado 26 de julio, hayan realizado el pago de derechos que establece el Código Financiero para su ingreso al Padrón estarán exentos del pago de lo establecido en los mismos hasta la correspondiente Renovación de su Registro.

Y aquellos que hayan realizado su registro en algún padrón municipal, y que deseen celebrar contratos en materia de obra pública y/o servicios relacionados con las mismas, conforme a la Ley de Obras Públicas para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, deberán realizar su trámite de registro en el Padrón conforme los presentes Lineamientos y realizar el pago de derechos que establece el Código Financiero.