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SMA debe iniciar transición de plásticos de un sólo uso en Tlaxcala

  • La Ley de Protección al Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible establece que esta iniciará de modo gradual, a partir del 01 de enero de 2024 y hasta el 01 de enero de 2025.

Por José Luis Ramírez Romero

Con base en las disposiciones de la Ley de Protección al Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible del Estado de Tlaxcala, a partir de este mes la Secretaría de Medio Ambiente del Estado (SMAE) debe llevar a cabo acciones para la transición de plásticos de un solo uso, popotes y recipientes de unicel, como el reciclaje, el reúso y la reducción de productos altamente contaminantes.

Y es que, de acuerdo a la norma, el gobierno estatal está obligado a establecer mecanismos para reducir las bolsas de plástico, los popotes y el unicel, por considerarse elementos que generan una gran cantidad de residuos, los cuales, acumulados, producen los gases de efectos invernadero, lo que disminuye la capa de ozono, que es detonante del cambio climático.

Para ello, se iniciará de modo gradual, a partir del 01 de enero de 2024 y hasta el 01 de enero de 2025, la transición de pláticos de un solo uso, popotes y recipientes de unicel, mediante la implementación del Programa Técnico Ambiental para afrontar al cambio climático, a cargo de la SMA, y únicamente quedarán exceptuados aquellos plásticos que, por motivos de salud, uso médico, cosmético, preservación de alimentos, higiene o inocuidad, conforme a la normatividad sanitaria y de manejo aplicable, no puedan ser sustituidos por otros materiales por no contar con una alternativa tecnológica, económica y ambientalmente viable.

Los plásticos de un solo uso son aquellos, incluyendo envases y empaques, que están diseñados para ser usados por una sola vez, que no están sujetos a un plan de manejo obligatorio y que no son reutilizables, reciclables, compostables, ni son susceptibles de valorización o aprovechamiento.

El Artículo Cuarto Transitorio de la Ley señala que la no producción de plásticos de un solo uso debe iniciar a partir del 01 de enero de 2024, mientras que la no producción de popotes, a partir del 01 de julio de 2024; y la no producción de recipientes de unicel, a partir del 01 de enero de 2025.

La norma indica que, mediante la implementación del Programa Técnico Ambiental para afrontar al cambio climático, el Poder Ejecutivo, por conducto de la SMAE, deberá desarrollar los lineamientos para llevar a cabo la transición gradual de dichos plásticos.

En este contexto, la Ley faculta a la Secretaría para promover la sustitución gradual en la producción, venta, uso y entrega de plásticos de un solo uso, popotes y recipientes de unicel, salvo las excepciones prevista en la misma.

También, para proporcionar los lineamientos a seguir, estableciendo un Programa Técnico Ambiental, que promueva la implementación de planes de manejo para que las empresas que se dediquen a la producción, venta, uso y entrega de plásticos de un solo uso, popotes y recipientes de unicel, conozcan los requisitos técnicos para elaborar, vender, usar y entregar productos biodegradables, compostables y/o que no sean plásticos de un solo uso.

Y además, a  llevar a cabo campañas de información, difusión y concientización dirigidas a la población, respecto de la importancia de realizar acciones de separación de la fuente, para la gestión integral de los residuos, así como de plásticos de un solo uso, popotes y recipientes de unicel.