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No hay impedimento para que regidores busquen candidaturas a alcaldes

  • Resuelve el TET que no es considerado como reelección y no hay prohibición

El artículo 90 de la Constitución Política de Tlaxcala establece que los regidores y presidentes de comunidad que fueron electos para el periodo de 4 años y 8 meses que está por concluir, pueden competir para ser alcaldes a los ayuntamientos que correspondan, debido a que la ley no lo considera como reelección.

Los párrafos cuarto y sexto del artículo mencionado, son claros y despejan las dudas que se han generado en este Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, al no considerar como reelección que los integrantes de un ayuntamiento, con excepción del alcalde, busquen postularse de manera inmediata para el cargo de presidente municipal.

En este sentido, el 30 de junio de 2015, se homologó la Constitución de Tlaxcala con la de México al establecer la reelección de diputados locales e integrantes de ayuntamientos.

El artículo transitorio décimo segundo menciona que “la elección consecutiva a que se hace referencia el artículo 115, fracción I, segundo párrafo de la Constitución federal; así como el artículo 90 párrafo cuarto y sexto de la Constitución local, no será aplicable a los ayuntamientos que entren en funciones el 1 de enero de 2017 y culminen el 30 de agosto de 2021, al ser su periodo de mandato superior a tres años”.

Por lo anterior, no hay impedimento para que regidores busquen ser candidatos a presidentes municipales de los ayuntamientos que correspondan.

Asimismo, el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) resolvió que no es considerado como reelección que regidores busquen ser electos de manera inmediata como alcaldes de un ayuntamiento.

En un antecedente legal, el TET especificó que no hay prohibición porque uno o varios integrantes de ayuntamientos pretenden postularse para un cargo que no ostenta, a pesar de que forme parte del mismo ayuntamiento.

De acuerdo con la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, los ayuntamientos están compuestos por un presidente, síndico, y regidores, quienes tienen diferentes facultades y funciones, por lo que los cargos con distintos, reforzando que no hay impedimento legal para que los regidores busquen ser candidatos a presidentes municipales.