Inspección judicial en Parque de la Juventud es clave para resolución federal: SMA
El proceso legal llegará a un punto decisivo el próximo 30 de marzo, fecha en la que el juez valorará todas las pruebas presentadas para emitir una resolución definitiva
Por: Isabel Polvo
Como parte del juicio de amparo interpuesto por ambientalistas inconformes con el proyecto “Ciudad de la Juventud”, el juez federal realizará una inspección judicial en la zona, en tanto la audiencia constitucional está programada para el 30 de marzo, informó el Secretario de Medio Ambiente, Pedro Aquino Alvarado.
Como parte de la fase probatoria, personal del juzgado realizará una visita física al Parque de la Juventud, para constatar la inexistencia de obras, prueba que la SMA considera fundamental para su defensa. El proceso llegará a un punto decisivo el próximo 30 de marzo, fecha en la que el juez valorará todas las pruebas presentadas para emitir una resolución definitiva.
“Dentro del juicio de amparo que se resuelve el 30 de este mes en audiencia constitucional, que es cuando el juez toma en cuenta todas las pruebas y resuelve. Previamente hay una fase probatoria, dentro de las pruebas que ofrecieron los quejosos fue una inspección judicial, significa que acude personal del juzgado que tiene fe y acudirá al Parque de la Juventud para constatar si existen o no obras, saben que no hay y eso queremos demostrar en el juicio y será solamente una prueba más que tendrá que valorar en su momento el juez”.
El secretario de Medio Ambiente, Pedro Aquino, desmintió versiones que señalan que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) haya dado la razón a grupos quejosos respecto al proyecto del Parque de la Juventud. El funcionario enfatizó que el documento oficial de la autoridad federal confirmó la congruencia del proyecto estatal con la normativa ambiental vigente.
Aclaró que el documento especifica en repetidas ocasiones que la Secretaría de Medio Ambiente no solicitó ni pretende realizar un cambio de uso de suelo en el área protegida. Aquino Álvarado invitó a revisar los textos íntegros del trámite de Excepción de Manifiesto de Impacto Ambiental.
Explicó que la propuesta del Gobierno del Estado de eliminar el estacionamiento al interior del parque para minimizar la afectación y la CONANP determinó que, al no existir remoción de vegetación ni nuevas construcciones invasivas, el proyecto cae en los supuestos de excepción que marca el reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).
“En términos muy sencillos, la ley dice, en un área natural protegida federal necesitas un impacto ambiental en estas causas. En estas otras, no. Nuestro trámite básicamente dice, yo considero CONANP que este es mi proyecto y empata con lo que no necesita un impacto ambiental, por lo tanto lo puedo hacer. Y la CONANP nos dice. En esto efectivamente el proyecto es congruente, no requiere un impacto ambiental porque caen los supuestos que dice el reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia impacto ambiental y puedes realizar la obra y se tiene que ajustar a esto. Precisamente coincide con el proyecto que nosotros habíamos hecho, que no hay estacionamiento, que no exista más construcción, que no exista remoción de vegetación cuando no es así. No es que les dé la razón, es que nuestro proyecto fue congruente”, apuntó.
Si bien admitió que el recurso asignado al proyecto está proyectado en un calendario de ejecución, en caso de que el amparo resulte favorable o no para el Estado, “los recursos deben manejarse en términos de las disposiciones vigentes, de modo que el presupuesto asignado al parque tendrá una reasignación para continuar con la obra, proceso que estará a cargo de la Secretaría de Infraestructura “tendrá que haber una reasignación para continuar con la obra. Tendrá que buscarse el financiamiento correspondiente”, concluyó.
