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SENADO EXHORTA AL CONGRESO DE TLAXCALA A LEGISLAR EL DELITO DE AGRESIONES CON ÁCIDO

  • Según cifras de la Organización Acid Survivors Trust International (ASTI), los ataques con ácido ya son un fenómeno con gran incidencia a nivel mundial.

Por José Luis Ramírez Romero  

La Primera Comisión de la Permanente del Senado de la República aprobó el dictamen por el que se exhorta a las legislaturas de 22 estados del país, entre ellos Tlaxcala, a visibilizar e incorporar en sus legislaciones el delito de agresiones inferidas con ácido o sustancias similares.

 También, a contemplar sus agravantes cuando se trate actos premeditados en contra de una mujer, imponiendo penas severas y contemplando la reparación de los daños causados a la víctima.

De acuerdo con la Cámara Alta del Congreso de la Unión, los congresos de Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, tienen pendiente legislar en dicha materia.

En marzo pasado, el Pleno de la Cámara de Diputados federal aprobó el dictamen con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Víctimas, en materia de lesiones inferidas con ácido, mismo que fue remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Con 453 votos, se adicionó un capítulo I Bis denominado “Lesiones inferidas con ácido o sustancias similares”, con un artículo 301 Bis al Título Decimonoveno del Código Penal Federal, por el que se establece que se impondrán de siete a quince años de prisión, y de 300 a 700 días multas, a quien por sí o por interpósita persona, infiera lesión o lesiones a otra persona, utilizando para ello cualquier tipo de ácido, álcali, agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable.

Además, cuando la lesión o lesiones afecten la cara, el cuello, el brazo, la mano o los órganos sexuales de la víctima, la pena se aumentará hasta en un tercio, en su mínimo y en su máximo; y cuando la víctima sea mujer, persona con discapacidad o menor de edad, la pena se aumentará hasta en una mitad.

También, si la lesión o lesiones afectan órganos o funciones vitales, ponen en peligro la vida o más de la mitad del cuerpo, se estará a la punibilidad prevista para el homicidio o el feminicidio, en grado de tentativa, según corresponda.

La enmienda incluyó la adición del artículo 36 de la Ley General de Víctimas para estipular que, a las víctimas de lesiones inferidas con ácido o sustancias similares, se garantizará el acceso a cirugías reconstructivas.

Para la Cámara Baja, los ataques con ácido o sustancias corrosivas menoscaban la integridad y la libertad humana de las víctimas, pues les ocasionan graves y notorias lesiones en diversos partes del cuerpo, razón por la que las consecuencias de dichas conductas pueden observarse en diversos ámbitos de la vida de la víctima, pues trastoca su estado de salud y hasta su esfera social.   

Cabe recordar que los ataques con ácido son cometidos contra mujeres por factores como el rechazo de insinuaciones sexuales, las ofertas de matrimonio que reciben, los celos, el odio o la venganza; y a partir de ello, es posible percibir la intención de dominio del agresor sobre la víctima para ocasionar cicatrices visiblemente notorias en el cuerpo y rostro, a fin de avergonzarlas y orillarlas al aislamiento, lo que profundiza la desigualdad y opresión en que se encuentra la mujer por los estereotipos sociales.

Según cifras de la Organización Acid Survivors Trust International (ASTI), se calcula que al año se producen al menos mil 500 agresiones; más del 80 por ciento son contra mujeres latinas, por lo que los ataques con ácido ya son un fenómeno con gran incidencia a nivel mundial.