Estado

Sanciona ITE a OCEDT, con monto total de 41 mil 182 pesos

Se dio cumplimiento a la sentencia del TET, específicamente sobre revisar algunas multas que habían impuesto a la organización ciudadana, en los términos establecidos que fuera objetiva, proporcional y razonable

Isabel Polvo 

El Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), aprobó aplicar la sanción por un monto total de 41 mil 182 pesos, que es equivalente al 49.63 por ciento, lo cual es menor al 50 por ciento, a la organización ciudadana denominada “Espacio Democrático de Tlaxcala”. 

Con ello, el Instituto electoral dió cumplimiento a la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), referente a revisar algunas multas impuestas a la organización ciudadana denominada “Espacio Democrático de Tlaxcala”, formulada en el expediente TET-JE-020/2023 y acumulados.

Lo anterior, en base a los términos establecidos por el TET, es decir que fuera objetiva, proporcional y razonable. 

El consejero electoral, Juan Carlos Minor Márquez, explicó que anteriormente el dictámen de fiscalización se había sancionado por 168 mil 481 pesos equivalentes a 204.3 por ciento de su capacidad económica. 

Agregó que en la actualidad se estableció un análisis con la revisión de las condiciones socioeconómicas del infractor, que no afecte el desarrollo de sus actividades, y la cantidad de la multa además se analizó de manera conjunta. 

El consejero propuso explicar en el expediente los montos que se determinan por la condición económica, el cual no afectan el desarrollo de las actividades de la organización. 

Al considerar lo antes expuesto, externó que se estableció que del monto involucrado el porcentaje del 15 por ciento sería el adecuado y así se establecieron las sanciones. 

En caso de que el 15 por ciento correspondiente al daño económico fuera menor a 100 UMAS se tomó la determinación que como es la mínima establecer 100 UMAS. 

«Insisto que la propuesta sería únicamente que se explique que se tomó el monto involucrado a un 15 % en caso de que equivaliera a menos de 100 umas se tomó la determinación de sancionar con 100 UMAS, porque es la cantidad mínima que establece la ley, y no podríamos establecer 90, 80 o 50 UMAS porque está fuera de la ley. Específicamente que se pusiera en el considerando cuarto de análisis, de manera particular en el apartado segundo que es la metodología para la calificación de la falta», sostuvo.