Municipios

Necesario que ayuntamientos implementen reglamento para proteger a los animales: Diputada Maribel León

  • La legisladora local comentó que el Congreso del Estado ya aprobó la Ley de maltrato animal y hay sanciones que ella puso en la tipificación en el Código Penal, falta que los ayuntamientos creen sus reglamentos para que apliquen la ley, y se proteja a los animales

Valentin León Cuamatzi

Luego de que el Congreso de la Unión solicitara a Tlaxcala garantizar el trato digno a los animales, pues llama a investigar con eficiencia y debida diligencia los casos de maltrato animal para garantizar la procuración e impartición de justicia en la materia, al respecto la diputada local Maribel León Cruz, comentó que es el Congreso del Estado ya aprobó la Ley de maltrato animal y hay sanciones que ella puso en la tipificación en el Código Penal, falta que los ayuntamientos emitan sus reglamentos para que apliquen la ley, y se proteja a los animales.

En este contexto, la legisladora local, comentó que “el Congreso del Estado ha dado muestras de preocupación por el tema de maltrato animal, porque en materia legislativa el Congreso ya hizo lo propio, pero se necesita bajar a los ayuntamientos que finalmente son los primeros respondientes de esos casos de maltrato animal, porque mientras no haya un reglamento, tampoco hay lineamientos para poder sancionar a quienes maltraten a los animales, para también tomar competencia de los casos que se presenten”.

Refirió que “creo que en el caso de nosotros como legisladores nos toca hacer el exhorto a los ayuntamientos, para que emitan su reglamento municipal sobre el maltrato animal lo más pronto posible, porque es importante que se proteja a los animales en Tlaxcala tomando en cuenta que ya existe una ley que nosotros como diputados hemos aprobado y solo falta aterrizarlo para cumplir proteger a los animales en todo el estado”.

Respecto a la ley de bienestar animal que el Congreso aprobó, señala que “se sancione con la pena de seis meses a tres años de prisión y multa de cincuenta a cuatrocientas veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización (UMA), a quien intencionalmente cometa actos de maltrato o crueldad injustificados en contra de cualquier especie animal doméstico, adiestrado de trabajo o producción en los términos dispuestos en la Ley de Protección y Bienestar animal para el Estado de Tlaxcala, provocándoles lesiones, sufrimiento, dolor o estrés”.

Así mismo, “se entenderá como actos de maltrato o crueldad animal, causar la muerte injustificadamente, sobre todo cuando se le provoque un sufrimiento excesivo, innecesario o que prolongó su agonía, así como cualquier mutilación, lesión o marca permanente, sin fines médicos, lesiones que pongan en peligro su vida, que le genere alguna incapacidad parcial o total permanente”.