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Inai ordena al SAT entregar lista de factureras que hicieron operaciones con gobierno de Sonora

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), instruyó al Servicio de Gestión Tributaria (SAT) de buscar y dar el listado de proveedores catalogados como Organizaciones que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS), con los que hizo operaciones el gobierno del Estado de Sonora, entre el 1 de enero de 2010 y el 11 de octubre de 2021, así como la interacción de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos.


“El Inai ha resuelto siempre a favor de la máxima publicidad de la información relacionada con privilegios y malas prácticas fiscales, en tanto constituyen afectaciones al erario y benefician intereses particulares en lugar de beneficiar a la población”, sostuvo en sesión pública la comisionada Norma Julieta del Río Venegas.


Lo anterior tras atender un recurso de revisión interpuesto por un experto, quién pidió la información que se le ha sido negada bajo el argumento de que «no existe».


Al exponer la situación frente a el Pleno, la comisionada del Rio Venegas, consideró que la emisión y la utilización indebido de comprobantes fiscales, es una mala práctica fiscal y fue un asunto de suma inquietud para las autoridades tributarias, puesto que, en el instante en que los contribuyentes incurren en esa práctica, están afectando intereses no solo del fisco público, sino de la sociedad generalmente, al verse limitada la recaudación de ingresos con el propósito de asegurar los derechos humanos.


En la investigación del caso, se concluyó que la dependencia no turnó la solicitud a cada una de las unidades administrativas competentes, con el objeto de que hicieran una averiguación intensa de la información solicitada.


Además, se advirtió que el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación instituye que el deber del SAT, es divulgar la información obtenida en el Diario Oficial de la Federación y en su página de internet un listado de los contribuyentes que no desvirtúen la acusación de ser organizaciones que facturan operaciones simuladas.


Sin embargo, se comprobó que hay distintas demandas de información en relación con el asunto, presentadas frente a el SAT, las cuales tienen la posibilidad de consultar en la Plataforma Nacional de Transparencia. De esta forma, se concluyó que no es procedente validar el pronunciamiento de inexistencia, ni el método de averiguación llevado a cabo por el individuo obligado.


Bajo estas consideraciones, el Pleno del Inai concluyó cambiar la contestación del SAT y le instruyó turnar la solicitud a cada una de y todas las unidades administrativas competentes, con la intención de que realice una averiguación extensa e intensiva de la información requerida.

Con información de: PROCESO