Gobierno del Estado reconocerá y brindará facilidades para el ejercicio periodístico
- Lorena Cuéllar crea la Oficina Local para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; dependerá de la Segob y su titular serán nombrado a más tardar este 18 de febrero.
- Mediante decreto, se reconocen como derechos específicos de la actividad periodística “el Secreto profesional, el Acceso a las fuentes de información, el Respaldo Estatal para la formación profesional continua, y el Reconocimiento como periodista”.
Por José Luis Ramírez Romero
La gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros emitió el decreto por el cual se creó la Oficina Local para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas en el Estado de Tlaxcala, la cual funcionará como órgano administrativo de la Secretaría de Gobierno (Segob).
Publicado el pasado 15 de febrero, dicho precepto busca establecer la normatividad local de cooperación del Estado de Tlaxcala con la Federación, conforme lo establecido en la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
Lo anterior, a fin de lograr la implementación y operación de “las Medidas de Prevención, Medidas Preventivas y Medidas Urgentes de Protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad” de las personas que se encuentren en situación de riesgo “como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos humanos, y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo; las atribuciones propias del Estado en la materia, así como los derechos de las y los periodistas”.
Además de coordinarse con el Mecanismo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, la Oficina Local coordinará políticas públicas de acompañamiento a los Peticionarios y acciones locales para su salvaguardia en casos de agresión. Para ello, contará con un Responsable, que deberá ser designado por el Secretario de Gobierno a más tardar este 18 de febrero.
El decreto reconoce como derechos específicos, inherentes a la naturaleza de la actividad periodística, “el Secreto profesional, el Acceso a las fuentes de información, el Respaldo Estatal para la formación profesional continua, y el Reconocimiento como periodista”.
Y por periodistas, se refiere a “las personas físicas, así como medios de comunicación y difusión públicos, comunitarios, privados, independientes, universitarios, experimentales o de cualquier otra índole cuyo trabajo consiste en recabar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información, a través de cualquier medio de difusión y comunicación que puede ser impreso, radioeléctrico, digital o imagen”.
Asimismo, establece que el “Secreto Profesional” es el derecho de los periodistas para negarse a revelar la identidad de sus fuentes de información, cuando esté considerada como reservada, “siempre y cuando ésta se difunda con apego a la legalidad y a los principios rectores de veracidad, imparcialidad, objetividad, equidad y responsabilidad y esté debidamente contrastada y/o documentada”.
Este comprenderá “las notas de apuntes, equipo de grabación y de cómputo, directorios, registros telefónicos, así como los archivos personales, testimoniales y profesionales que pudieran llevar a la identificación de sus fuentes de información”.
No obstante, el decreto también establece que “las personas periodistas y colaboradoras periodísticas deberán abstenerse de proporcionar información que reciban, conozcan o tengan en su poder y que sea considerada de carácter reservada”.
Al respecto, los criterios para definir y utilizar la información de acceso público y la reservada, se basarán en la Ley para la Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, y las responsabilidades administrativas que se generen por el incumplimiento de las obligaciones previstas en esta Ley se sancionarán conforme a lo que establezca la legislación aplicable, con independencia de las del orden Civil, Penal o Administrativo que procedan.
Se prevé que, dentro del término de 120 días hábiles, se promoverá la iniciativa para efectuar la armonización legislativa necesaria ante el Congreso del Estado. Mientras tanto, la Segob asignará los recursos que requiera, inclusive la ampliación que se necesitará, para que la Oficina Local inicie sus actividades.
Con la entrada en vigor de este decreto, a partir del 16 de febrero de este año, “toda persona dedicada al periodismo tendrá la libertad de buscar, investigar, sistematizar, difundir o publicar hechos, ideas u opiniones a través de cualquier medio de comunicación legal, y el Estado le reconocerá y brindará las facilidades necesarias para que reciba y difunda la información considerada de interés público de manera veraz e imparcial”.