Concede Poder Legislativo haber de retiro a ex magistrado del TSJE Nava Lemus
Se otorgará lo correspondiente a percepción complementaria mensual, aguinaldo anual, prima vacacional, bono anual y bono anual especial en base al 70, 60 y 50 por ciento en el primer, segundo y tercer año respectivamente
Isabel Polvo
Por mayoría de votos el pleno del Congreso del Estado, aprobó un haber de retiro a Felipe Nava Lemus, ex magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado, el cual deberá pagar mensualmente el Poder Judicial del Estado, con cargo a su presupuesto asignado, por el término improrrogable de tres años, contados a partir del día uno de mayo del año que transcurre, tomando como referencia el último salario base que haya percibido en su calidad de jurista, dando así cumplimiento a la sentencia de la justicia federal.
En ese contexto, el ex magistrado recibirá lo correspondiente a la percepción complementaria mensual, aguinaldo anual, prima vacacional, bono anual y bono anual especial en base al 70, 60 y 50 por ciento en el primer, segundo y tercer año respectivamente.
El procedimiento para la entrega del haber de retiro otorgado se realizará de conformidad con los lineamientos y acuerdos administrativos aplicables, que, en materia de remuneraciones aplicables, que en materia de remuneraciones aplique o expida el Tribunal Superior de Justicia del Estado
“Si prejuicio de lo anterior, el Tribunal Superior de Justicia del Estado y el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial deberán realizar las acciones pertinentes, a efecto de garantizar el pago oportuno de dicho haber de retiro”.
Con esa determinación se validó qué en cada pago mensual del haber de retiro otorgado, el Poder Judicial del Estado descontará la cantidad de numerario proporcional que corresponda, de modo que, una vez concluido el periodo de tres años, por el que se otorga el haber de retiro, se compense el monto total que se pague al ex magistrado Nava Lemus.
Con lo anterior, los congresistas dieron cumplimiento al acuerdo da respuesta a la ejecutoria dictada en el juicio de amparo indirecto radicado en el expediente número 1171/2021-I del Juzgado Primero de Distrito, en el estado, especialmente respecto a que se concedió amparo de protección de la justicia federal a Felipe Nava Lemus.
“Una vez subsanada la omisión legislativa precisada, inmediatamente a su vigencia, con libertad de jurisdicción, el Congreso local deberá llevar a cabo el procedimiento correspondiente en relación con la determinación a favor del quejoso a gozar de su haber de retiro, conforme a la mecánica que se establezca la normatividad aplicable que hubiese expedido, cuyo monto no podrá ser inferior al haber de retiro que ya se había otorgado”.
Señala que el Poder Legislativo aprobó reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial el pasado 19 de marzo, en la que se establece como derecho al haber de retiro con referencia al salario base de las y los magistrados que hayan cumplido un periodo de siete años en el Tribunal Superior de Justicia del Estado. Determinación sujeta a una sentencia formulada por el Tribunal Colegiado de Circuito al Recurso de Revisión Administrativo con número de expediente 361/2022 de fecha 27 de septiembre de 2023, derivado de que se carecía de la legislación estatal respecto de la regulación de montos y el haber de retiro a favor de los magistrados del Poder Judicial.