Estado

Comisión Permanente del Congreso local turna a Puntos Constitucionales sentencias del TEPJF

  • La Sala Regional Especializada determinó dar vista, para los efectos jurídicos procedentes, a las autoridades correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Ley Electoral.

Por José Luis Ramírez Romero

La Comisión Permanente del Congreso del Estado turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia Y Asuntos Políticos, las notificaciones relativas a las sentencias dictadas por la Sala Regional Especializada de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dentro de los expedientes SRE-PSC-77/2022 y SRE-PSC-90/2022.

La primera, dictada el 19 de mayo, declaró la existencia de la infracción consistente en difusión de propaganda gubernamental durante el proceso de revocación de mandato atribuida a las gobernadoras de Baja California, Campeche, Guerrero, Colima y Tlaxcala, así como a los gobernadores de Chiapas, Nayarit, Sinaloa, Baja California Sur, Michoacán, Morelos, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Veracruz, Zacatecas y a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, con motivo de diversas publicaciones en sus perfiles de Twitter que dan cuenta de acciones o logros de gobierno, con la finalidad de buscar la simpatía o adhesión de la ciudadanía y no están comprendidas dentro de las excepciones constitucionales para su difusión.

Asimismo, determinó la inexistencia del uso indebido de recursos públicos porque en el expediente no hubo elementos que demostraran el empleo de este tipo de recursos para llevar a cabo las publicaciones denunciadas.

La segunda, de fecha 1 de junio, estableció la existencia de la infracción consistente en difusión de propaganda gubernamental durante el periodo prohibido de la revocación de mandato por parte de 17 gobernadoras y gobernadores del país; de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, y de las coordinaciones encargadas de operar las cuentas de redes sociales en los estados de Nayarit, Sonora y San Luis Potosí, toda vez que difundieron un comunicado en Twitter y, en el caso de la Jefa de Gobierno, en Facebook en el que destacaron logros de la administración del Ejecutivo Federal.

Además, se señaló la inexistencia de la vulneración a las reglas de difusión y promoción del proceso de revocación de mandato atribuida a Morena y a la gobernadora de Campeche, así como de la difusión de promoción personalizada atribuida a 17 gubernaturas, la jefa de gobierno y sus respectivas áreas de comunicación social.

Por ello, la Sala Regional Especializada determinó dar vista, para los efectos jurídicos procedentes, a las autoridades correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Ley Electoral, y registrar en el momento oportuno a las personas responsables en el Catálogo de esta Sala Especializada destinado al efecto.

Durante la cuarta sesión ordinaria de la Comisión Permanente, se instruyó que los oficios SRE-SGA-OA-313/222 y SRE-SGA-OA-369/2022, dirigidos por los actuarios de la Sala Regional Especializada, José Oreste Quintano Cabrera, y Amelia Agustín Conde, se enviaran a la Comisión de Puntos Constitucionales que preside el diputado Lenin Calva Pérez, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.