Estado

Buscan establecer marco legal inclusivo y respetuoso de derechos humanos a favor de personas con VIH

  • Presentan iniciativa en materia de Peligro de Contagio por el que se propone derogar diversas disposiciones al Código Penal para el Estado de Tlaxcala

Isabel Polvo

Con la finalidad promover políticas públicas que fomenten la prevención, la educación y el apoyo a las personas que viven con VIH, garantizando la no estigmatización y la discriminación, como ya se alcanzó en los Congresos locales de Nayarit, Ciudad de México y Colima, este martes la diputada local Diana Torrejón Rodríguez propuso derogar del Código Penal de Tlaxcala todo el capítulo I del título décimo primero con su respectivo artículo 302, debido a que tipifica como delito “el peligro de contagio”.

“Al que sabiendo que padece una enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por cualquier medio transmisible”.

El ordenamiento vigente en el establece estipula de tres a cinco años de prisión y una multa de 216 a 360 días de salario de una persona enferma. No obstante, la legisladora alegó que la descripción de la conducta no es clara y crea incertidumbre jurídica.

Asimismo, establece que la autoridad judicial determine su cuidado o vigilancia en un establecimiento adecuado hasta que cese el periodo infectante. Y en caso, de que se trate de una enfermedad incurable, se le impondrá una pena de 10 años de prisión y multa de 216 a 720 días de salario.

En tribuna, resaltó que la inclusión de la entidad a los tres estados que adecuaron sus normas es “un paso significativo” hacia un marco legal más inclusivo y respetuoso de los derechos humanos en materia de VIH.

Torrejón Rodríguez observó que en la presente ley se vulnera los derechos humanos de las personas hace necesario su propuesta, toda vez que el texto del Código Penal infringe el derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad, puesto que en la descripción de la conducta no son claros ni precisos, generando incertidumbre jurídica a los receptores de la ley.

Del mismo modo, observó que no define lo que se debe de entender por “enfermedad grave o incurable”, o por “periodo infectante”, y es que muchas de las enfermedades contagiosas se transmiten por diferentes vías y el riesgo de contagio depende de las circunstancias de cada persona, “como lo son; la edad, tipo de infección, la conducta que se lleva a cabo, y las condiciones de salud de las personas que en su momento pueden llegar a contagiarse”, entre otras cosas.

La propuesta también se refiere al Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (ONUSIDA), puesto que se carece de datos que demuestran que la aplicación general de la ley penal logrará justicia o evitará la transmisión del VIH/SIDA. Sin embargo, esto puede perjudicar la salud pública y los derechos humanos.

La iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Salud y Puntos Constitucionales para su análisis y dictaminación correspondiente.