Estado

APRUEBAN ARMONIZACIÓN DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA CON LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

A fin de observar los principios de legalidad, presunción de inocencia, imparcialidad, objetividad, congruencia, exhaustividad, verdad material y respeto a los derechos humanos que rigen el procedimiento de responsabilidad administrativa en el Poder Judicial.

Por José Luis Ramírez Romero

El Consejo de la Judicatura del Estado aprobó el Acuerdo General 02/2023 por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de su Reglamento, relativas al procedimiento de responsabilidad administrativa de los servidores públicos del Poder Judicial, con el objeto de armonizarlo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

El Reglamento del Consejo de la Judicatura rige y sustenta el control disciplinario del Poder Judicial, por lo que se determinó la necesidad de homologarlo con la legislación federal que distribuye las competencias entre los órdenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que estos incurran y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como los procedimientos para su aplicación.

Lo anterior, a fin de observar los principios de legalidad, presunción de inocencia, imparcialidad, objetividad, congruencia, exhaustividad, verdad material y respeto a los derechos humanos que rigen el procedimiento de responsabilidad administrativa.

En este sentido, se hizo una distribución de competencias para la tramitación de las faltas no graves y graves o de particulares, así como las autoridades que conocerán los recursos que la ley concede en cada procedimiento, con el objetivo de que sea el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado quien conozca del último recurso en cada caso.

De igual manera, derogaron los artículos 100, 101 y 102 del Reglamento, que se refieren a la ratificación y procedencia de las denuncias, puesto que esto, además de ser contrario a la Ley General, provoca altos índices de impunidad, ya que muchas denuncias eran desechadas por el solo hecho de no ser ratificadas o por considerar que se trataba de carácter jurisdiccional sin realizar investigación alguna.