Estado

REALIZÓ APIZACO GESTIÓN ADECUADA DE PARTICIPACIONES FEDERALES EN 2021

Tres observaciones fueron solventadas por el municipio antes de la emisión del informe de fiscalización de la ASF; integró el expediente número O.I.C/P.I./08/2022 para promover sanciones entre servidores públicos responsables de contrataciones anómalas.

Por José Luis Ramírez Romero

A diferencia de municipios como Huamantla, Papalotla y Tlaxcala, Apizaco sí realizó, en general, una gestión adecuada de las Participaciones Federales a Municipios del ejercicio fiscal 2021.

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) revisó un monto de 22 millones 796.4 mil pesos, que representó el total de los recursos que la comuna obtuvo a través de vía, como parte de la revisión 2021-D-29005-19-1835-2022.

Esta auditoría arrojó siete resultados, de los cuales, en cuatro no se detectaron irregularidades y tres fueron solventados por la entidad fiscalizada antes de la emisión del informe de fiscalización, por lo que se determinó que, en el ejercicio de los recursos, Apizaco observó la normativa de las Participaciones Federales a Municipios 2021, principalmente de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Tlaxcala.

Los asuntos solventados por la entidad fiscalizada se encuentran el relativo a la revisión del contrato número APZ.IP.N.08.21 del servicio «Alquiler de una pista de hielo con domo para el Parque Central del Municipio de Apizaco «, correspondiente al Capítulo 3000 “Servicios Generales” por un millón 925.6 mil pesos.

En este caso, se identificó que el municipio no estableció las formas, porcentajes y términos para garantizar los anticipos, ni el cumplimiento del contrato. Además, tampoco pactó montos por penas convencionales en caso de incumplimiento en la entrega de los bienes o servicios.

Asimismo, respecto al contrato número APZ.IP.JN.02.21 correspondiente a la adquisición de «2,000 litros de gel antibacterial y 4,000 cubrebocas de doble protección KN95» del Capítulo 2000 “Materiales y suministros”, por 464 mil pesos, la garantía citada no correspondió a la modalidad de adjudicación, lo que contravino los términos y estipulaciones mínimas requeridas para la formalización de los contratos.

Por otra parte, de la revisión del contrato sin número referente a los «Servicios Profesionales de Asesoría Legal, Contable y Fiscal, para la Gestión y Trámites inherentes al correcto cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3B, de la Ley de Coordinación Fiscal respecto de los ejercicios fiscales comprendidos entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de agosto de 2020”, correspondiente al Capítulo 3000 “Servicios Generales”, en el que se ocuparon un millón 064.0 mil pesos provenientes de participaciones federales, el municipio no entregó evidencia comprobatoria y justificativa del proceso de adjudicación, ni de los criterios considerados para la elección del prestador del servicio contratado que garantizaran las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, incluidos los conocimientos, experiencia y capacidad profesional, así como de las garantías del cumplimiento y de vicios ocultos del contrato.

Sin embargo, el Órgano Interno de Control del Municipio de Apizaco inició el procedimiento de investigación para determinar posibles responsabilidades administrativas de los servidores públicos involucrados en tales anomalías, y para tales efectos, integró el expediente número O.I.C/P.I./08/2022, por lo que la ASF dio por promovida la acción sancionatoria correspondiente.