EstadoPORTADA

QUIEREN CASTIGOS PARA EMPRESAS Y FUNCIONARIOS CORRUPTOS

  • “La regulación de la actividad económica debe considerar los incentivos o desincentivos que genera a la inversión privada”, señala iniciativa planteada por diputada priista que prevé sanciones para infracciones que inciden negativamente en el desarrollo económico estatal.

Por José Luis Ramírez Romero

Para procurar “certidumbre económica a la inversión privada”, la nueva Ley de Desarrollo Económico del Estado de Tlaxcala y sus Municipios que impulsa la diputada Diana Torrejón Rodríguez (PRI) prevé sanciones, tanto para las empresas que abusen de los diversos apoyos que favorezcan su instalación, desarrollo o consolidación, así como para los servidores públicos que obstruyan la inversión privada en la entidad.

Según la iniciativa, “la regulación de la actividad económica debe considerar los incentivos o desincentivos que genera a la inversión privada”, por lo que, a la par de la protección de los derechos laborales y económicos de las personas, el proyecto establece que, para “crear un ambiente ideal para su desarrollo”, se requiere prohibir el retroceso en el ejercicio de estos para inhibir “discriminación”, y contar con estrategias que mitiguen el impacto de la industria en el medio ambiente.

Es por ello que el Título Quinto de la iniciativa de Ley contiene sanciones para aquellas infracciones que inciden negativamente en el desarrollo económico estatal.

En su Artículo 79, se propone que la Secretaría de Desarrollo Económico (Sedeco) solicite la intervención de las autoridades correspondientes para que se sancione a las empresas que den información falsa para la obtención de apoyos gubernamentales, incumplan los compromisos asumidos para el otorgamiento de los mismos, destinen los apoyos recibidos a un uso distinto del autorizado o infrinjan los ordenamientos en materia de equilibrio ecológico y protección al ambiente.

Por otra parte, en su Artículo 80, se obliga a la Sedeco a fincar las denuncias civiles, penales y administrativas ante la instancia correspondiente, en contra de los servidores públicos, las organizaciones o particulares, que incumplan lo previsto en la Ley.

 Y en el Artículo 81, se contempla que la Sedeco recomiende “a la dependencia competente fincar sanciones administrativas a servidores públicos que obstruyan el establecimiento y operación de empresas”.

Es así que conductas como el uso indebido de la información -por atentar contra la naturaleza confidencial de solicitudes y proyectos-, la pérdida de documentos, la solicitud de donaciones o apoyos para beneficio particular, la alteración de reglas y procedimientos, el descuido o negativa en la recepción de documentos y la negligencia para dar seguimiento a trámites que provoque la aplicación de las figuras de la afirmativa o la negativa ficta, se considerarán obstrucción empresarial, junto con el manejo indebido de la firma electrónica que pueda generar el otorgar o negar el trámite fuera de la normatividad, la negligencia o negativa en la aplicación de un trámite por desconocimiento de la normatividad aplicable, y aquellos actos que incidan en perjuicio del establecimiento y operación de empresas.

En tales supuestos, además de lo previsto por la Ley General de Responsabilidades Administrativas y otros ordenamientos aplicables por hechos constitutivos de corrupción, el servidor público responsable será objeto de sanción, incluso, por petición de cualquier otra autoridad, personas física o moral.

Según el Artículo 82, la dependencia competente podrá imponer sanciones que van desde el apercibimiento o la amonestación en privado o en público, hasta la suspensión, la destitución, la sanción económica y la inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión en el servicio público, cuando se trate de servidores públicos estatales.

En el caso de servidores públicos federales que incurran en obstrucción empresarial, el Artículo 83 demanda a la Sedeco enviar un oficio a la dependencia federal correspondiente señalando la conducta irregular, para que, en su caso, se proceda a imponer las sanciones procedentes de conformidad con la ley aplicable.