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Prohíben a escuelas privadas de Tlaxcala retener documentos por falta de pago

Se pone fin a esta práctica que realizaban instituciones privadas para obligar a sus alumnos cumplir con los pagos o cuotas que no realizaron; se sancionará a quienes lo hagan, establece la nueva Ley de Educación del Estado.

En el estado de Tlaxcala ha quedado prohibido que las escuelas privadas de todos los niveles educativos retengan documentos personales o académicos de sus alumnos que enfrenten falta de pago o no hayan cubierto cuotas económicas pendientes, ya que las instituciones educativas que sigan incurriendo en esta práctica serán sancionadas, según lo establece la nueva Ley de Educación para el Estado de Tlaxcala aprobada por los diputados el pasado martes 19 de mayo.

De publicarse esta legislación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, sin observación alguna ni modificaciones del Ejecutivo estatal, se pondrá fin a esta práctica que realizaban continuamente instituciones privadas y hasta públicas para obligar a sus alumnos y a los padres de familia que cumplieran con los pagos o cuotas que no realizaron y que tenían pendientes de finiquitar.

Un análisis realizado por ABC Tlaxcala a los 11 títulos y 192 artículos de la ley, se identificó que entre su texto la nueva norma educativa regula los costos de inscripción, pago de colegiaturas y los mecanismos para la adecuada notificación a los padres de familia de los aumentos financieros en los servicios educativos, con lo que se evita y frena la discrecionalidad y alzas de precios sin previo aviso por parte de las escuelas particulares.

El Capítulo II, de la nueva ley educativa estatal avalada por los diputados de la LXIII Legislatura del Congreso local, establece el “proceso para el Cumplimiento de los Fines de la Educación Impartida por los Particulares”, donde fija que son infracciones de las instituciones educativas y que serán sancionadas el “cambiar de domicilio sin la autorización previa de las Autoridades Educativas competentes”.

“Retener documentos personales y académicos por falta de pago; condicionar la prestación del servicio público de educación a la adquisición de uniformes y materiales didácticos, así como, de actividades extraescolares; omitir dar a conocer por escrito a las personas usuarias de los servicios educativos, previamente a la inscripción para cada ciclo escolar, el costo total de la colegiatura o cualquier otra contraprestación o aumentar los costos en la prestación de los servicios educativos, sin apego a las disposiciones aplicables en la materia, entre otras”.

Además de “prestar el servicio educativo en un inmueble que cuente con algún espacio destinado a casa habitación o conserjería; otorgar revalidaciones o equivalencias sin observar las disposiciones aplicables”.

Y establece a rango de ley, el mecanismo de vigilancia para que la educación que impartan los particulares cumpla con los fines establecidos en la Constitución federal y local.

Para ello, las autoridades correspondientes llevarán a cabo acciones de vigilancia, por lo menos, una vez al año. Además, podrán requerir en cualquier momento información o documentación relacionada con la prestación u oferta del servicio educativo. 

Además fija que las personas usuarias de estos servicios impartidos por particulares podrán solicitar a las Autoridades Educativas correspondientes, la realización de acciones de vigilancia con objeto de verificar el cumplimiento de los requisitos para impartir educación, “incluido el aumento de los costos que carezcan de fundamentación y justificación”.

Aunado a lo anterior, establecer el mecanismo administrativo para que el Estado se cerciore que los particulares que imparten educación cumplan con sus obligaciones.

Al crear esta nueva ley de educación, los diputados integrantes de la LXIII Legislatura del Congreso estatal, abrogaron el Decreto Publicado en el Periódico Oficial del Estado, de fecha 29 de noviembre del año 2000, mediante el cual se publicó la Ley de Educación para el estado de Tlaxcala.

Con lo que dejaron sin efectos los reglamentos, acuerdos y disposiciones de carácter general contrarias a este Decreto, con la única finalidad de armonizar el marco jurídico con la nueva reforma educativa.

Nueva norma que entrará en vigor en el estado de Tlaxcala una vez que el Ejecutivo estatal, Marco Antonio Mena Rodríguez, la publique en el Periódico Oficial del Gobierno del estado.