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PRI subsanará registro de candidaturas a diputados locales ante el ITE

Luego de que el TET revocó la negación de registro, al detectar que la omisión es de la representación del partido y no de los aspirantes a candidatos

Isabel Polvo

En sesión extraordinaria de este martes por unanimidad de votos el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) revocó el acuerdo del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) por el que negó el registro de candidaturas a diputados locales por el principio de representación proporcional y las fórmulas de mayoría relativa al Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Con ello, se ordenó al ITE que permita al tricolor subsane los errores o inconsistencias en las solicitudes que entregaron para su registro de las y los candidatos, es decir únicamente este proceso más no se pronunció por que se avalen los registros de las candidaturas observadas por el órgano electoral local.

Y es que, el TET, detectó que hubo omisión por parte de la representación del partido y no por los aspirantes a las candidaturas tanto de mayoría relativa y representación proporcional. Con ello, se resarcirá el derecho político-electoral de los actores el cual les fue vulnerado.

En atención a los medios de impugnación promovidos por el representante suplente el PRI y otras personas se pronunciaron en contra del acuerdo ITE-CG 77/2024, al formular la solicitud de registro de las candidaturas a diputaciones locales por el principio de Mayoría Relativa corresponden a los distritos 07 con cabecera en Tlaxcala, 11 de Huamantla, 13 de Zacatelco y 14 de Papalotla.

Los magistrados coincidieron en que el ITE, debe reponer el proceso a pesar de la extemporaneidad de la presentación del escrito signado por el representante suplente del PRI, por lo que debe realizar la verificación de los distritos ya referidos, pues no se trata de una omisión de los aspirantes al distrito 07, Héctor Martínez Zamora; del distrito 11, Noé Parada Matamoros; distrito 13, Sandra Cortés Águila, y el distrito 14 Damaris Cortés Ramírez.

“Si el partido político en cuestión contaba con todos los elementos para presentar en tiempo y forma las solicitudes de registro de las candidaturas a diputaciones locales por el principio de representación proporcional, y no existe una justificación válida para que debido a su falta de diligencia a la hora de presentar las solicitudes de registro las mismas fueran presentadas de forma incompleta, es claro que se acredita la omisión atribuida al PRI y, a su vez, la vulneración de los derechos político-electorales de los ciudadanos actores, en su vertiente de ser votados”, establece parte de la sentencia del TET.

Los magistrados observaron que las y los candidatos propietarios y suplentes a diputados locales por mayoría relativa del tricolor, presentaron de forma oportuna la documentación al PRI, por lo que no puede ser perjudicial para los aspirantes, sino más bien es atribución de “los representantes propietario y suplente del PRI”.

De modo que el Consejo General del ITE violentó el derecho político-electoral de ser votado las candidaturas, ya que estas fueron electas en el procedimiento interno de selección de candidatos del PRI en los distritos 03, 04, 07, 11, 13 y 14.

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