NECESARIO, REFORMAR LEY DE ENTREGA-RECEPCIÓN PARA ACTUALIZARLA
- Está pendiente la armonización de la legislación estatal con relación a otros ordenamientos legales de orden general o local.
Por José Luis Ramírez Romero
El diputado Fabricio Mena Rodríguez (PRI) planteo la necesidad de modificar la Ley de Entrega-Recepción para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, a fin de actualizar esta norma respecto a los recientes ordenamientos legales relativos a este proceso, como la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Señaló que está pendiente armonizar los términos y conceptos empleados dentro de la legislación estatal con relación a otros ordenamientos legales de orden general o local.
Al respecto, el legislador indicó que se debe sustituir el término de Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala, que sigue vigente en la Ley referida, por el de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
De igual forma, señaló que se deben sustituir las referencias a la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios por la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Tlaxcala y sus Municipios.
Incluso, cambiar el término de Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales por el de Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.
Mena Rodríguez estimó que se debe incluir al Órgano Interno de Control dentro del proceso de entrega-recepción e incluso de forma previa, cuando se trate de la conclusión de una administración, a fin de hacer más dinámicos, transparentes y eficientes los procesos de entrega-recepción.
De igual manera, subrayó que se debe buscar que el Órgano de Fiscalización Superior (OFS) tenga reconocida la facultad de investigación y substanciación del procedimiento para imponer sanciones a los servidores públicos por las faltas administrativas que se cometan durante los procedimientos de entrega-recepción.
Al respecto, propuso adicionar algunos términos que faciliten la interpretación de la Ley de Entrega-Recepción para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, como son: Acto de Entrega-Recepción, Anexos, Archivos y Recursos, y actualizar el contenido de los requisitos que debe tener el acta de entrega-recepción, especialmente, para establecer el domicilio o medio de comunicación para oír y recibir notificaciones de las y los servidores públicos entrantes y salientes.