Estado

INCUMPLE CONGRESO LOCAL PLAZO PARA REFORMAR LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACÓN PÚBLICA

Con base en la Ley para la Administración y Destino de Bienes Asegurados, Abandonados, Decomisados y Extinción de Dominio que aprobó a inicios de febrero pasado.

Por José Luis Ramírez Romero

El Congreso del Estado incurrió en una omisión legislativa.

Luego de que la Ley para la Administración y Destino de Bienes Asegurados, Abandonados, Decomisados y Extinción de Dominio del Estado de Tlaxcala entrara en vigor el pasado 15 de abril, las y los diputados de la actual legislatura otorgaron un plazo de 120 días para hacer las reformas y adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, a efecto de armonizarla.

Lo anterior, implica que el plazo para aprobar dichos trabajos legislativos venció el pasado 13 de agosto.

Asimismo, el Poder Ejecutivo también cayó en omisión, ya que, a partir de la entrada en vigor en la nueva norma, la administración, enajenación y destino de los bienes sujetos a los procedimientos penales y/o de extinción de dominio que se encontraban en trámite se debían sujetar a lo dispuesto por ésta,

Con base en la publicación del Periódico Oficial del Gobierno del Estado, de fecha 14 de febrero, debió crear el Instituto Tlaxcalteca para Devolver al Pueblo lo Robado a más tardar el pasado 14 de junio, y para ello la Secretaría de Finanzas (Sefin) tuvo que otorgar, conforme a la disponibilidad presupuestal, los recursos necesarios para su instalación y funcionamiento, en tanto que el Congreso local tenía que determinar lo conducente en el presupuesto de egresos.

Mientras tanto, la Junta de Gobierno del Instituto Tlaxcalteca para Devolver al Pueblo lo Robado debió celebrar su sesión de instalación a más tardar el 25 de abril, y emitir los reglamentos de la Ley y del Gabinete Social del Estado de Tlaxcala, así como del Reglamento Interior del Instituto, antes del 4 de julio.

En tanto, la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) conservaría en depósito, bajo su responsabilidad y con las obligaciones a que se refiere Ley para la Administración y Destino de Bienes Asegurados, los bienes materia de la norma que se encontraban en su custodia a la entrada en vigor de la misma.

Dichos bienes tenían que ser inventariados y entregados al Instituto cuando éste los requiera. 

Cabe recordar que el Instituto Tlaxcalteca para Devolver al Pueblo lo Robado se aprobó como un organismo descentralizado de la administración pública estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, encargado de la administración, enajenación, destrucción y destino de los bienes, activos o empresas asegurados y decomisados en los procedimientos penales, cuyo titular sería nombrado por la gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros.

Tendrá una Junta de Gobierno presidida por la persona titular del Poder Ejecutivo, e integrada por los titulares de la Sefin, la PGJE, la Secretaría de Gobierno (Segob) y la Secretaría de la Función Pública (SFP).

La Ley contempla un Gabinete Social como instancia colegiada de formulación y coordinación del destino de los bienes asegurados, abandonados, decomisados y extinción de dominio en el fuero estatal, del producto de la enajenación, o bien su monetización.

Con la emisión de la Ley para la Administración y Destino de Bienes Asegurados, Abandonados, Decomisados y Extinción de Dominio, enviada por la gobernadora Lorena Cuéllar, quedó abrogada la Ley para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados o Abandonados del Estado de Tlaxcala, vigente desde noviembre de 2014.