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Impugnan PAN, PVEM y PAC acciones afirmativas emitidas por ITE  

  • Señalan que el acuerdo del ITE- CG 22/2024 les constituye un perjuicio, autoridad electoral llegó a una conclusión errónea e ilegal por confundir conceptos

Isabel Polvo

Por considerar que el acuerdo ITE-CG 22/2024 emitido por integrantes del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, respecto a que cada partido político que integran una candidatura común o de coalición en la elección de diputaciones locales deben cumplir con un porcentaje de candidatura de acciones afirmativas por separado, motivó a que tres fuerzas políticas en la entidad impugnarán la determinación ante el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET)

Recordar que, el acuerdo aprobado por el ITE, precisa que las acciones afirmativas de forma particular las candidaturas referentes a la comunidad LGBTTTIQA+, población indígena y personas con discapacidad se computarán por partido político en lo individual, sin considerar que las postulaciones provengan de una coalición o candidatura común.

Lo anterior, ocasionó que los partidos Acción Nacional (PAN), Verde Ecologista de México (PVEM) y Alianza Ciudadana (PAC) impugnarán el acuerdo para grupos de atención prioritaria para el proceso electoral local ordinario 2023-202,

Señalar que, de acuerdo aprobado por el ITE establece que los institutos políticos en la entidad en coalición, candidaturas comunes o por la vía independiente deben contemplar el registro para las diputaciones a tres fórmulas de personas jóvenes en el mismo número de distritos.

En tanto, que la población indígena deben ser dos fórmulas para igual número de distritos; y una fórmula cada una para personas de la comunidad LGBTTTIQ+ y de personas con discapacidad. 

Para los institutos políticos PVEM y el PAC hubo coincidencia en sus impugnaciones por separado del acuerdo ITE- CG 22/2024 el cual, dijeron constituye un perjuicio puesto que el arbitro electoral concluyó de manera errónea e ilegal la determinación, debido a la confusión de los conceptos y objetivos de la denominada candidatura común.

De paso, se observó tomar en cuenta que una candidatura común, los partidos “participan en la contienda electoral con un mismo logo, ocupando un solo recuadro en la boleta electoral. Esto contrasta con otras figuras jurídicas en las cuales cada partido participa con su propio emblema y espacio en la boleta”.

Al tiempo, Acción Nacional observó que la coalición con el tricolor debe considerarse como un solo partido, puesto que es “imposible” que en coalición total haya condición de postular en lo individual y cumplir con las acciones afirmativas.