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Ejecutivo emitirá medidas de mejora y modernización administrativa

  • También publicará lineamientos de austeridad del gasto público; se establecerán metas de ahorro en poderes y municipios, que deberán especificar su destino.

Por José Luis Ramírez Romero

El Poder Ejecutivo, por conducto de la Secretaría de Finanzas, emitirá, a más tardar el próximo 31 de enero, los lineamientos y políticas generales del ejercicio del presupuesto 2022, junto con las medidas de mejora y modernización, así como de austeridad del gasto público de la gestión administrativa.

Lo anterior, para que las dependencias y entidades de esta soberanía se sujeten a ellas.

De acuerdo con el decreto de Presupuesto de Egresos para el presente ejercicio fiscal, los lineamientos que emita el Poder Ejecutivo, así como los demás Poderes, los Órganos Autónomos y los Municipios, deberán publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y difundirse en su página oficial a más tardar el 15 de febrero de 2022.

En ellos, deberán establecerse metas de ahorro y especificarse su destino, y los órganos internos de control deberán vigilará su cumplimiento.

Cabe mencionar que los Entes Públicos, a más tardar el 15 de enero de cada año, deben reintegrar a la Tesorería de la Federación (Tesofe) las Transferencias Federales etiquetadas que, al 31 de diciembre del ejercicio inmediato anterior, no hubiesen sido devengadas.

Sin perjuicio de lo anterior, las transferencias federales etiquetadas que, al 31 de diciembre de 2021 se hayan comprometido y aquéllas devengadas no pagadas, podrán liquidarse a más tardar el 31 de marzo de 2022.

Sin embargo, de conformidad con el calendario de ejecución establecido en el convenio correspondiente, una vez cumplido el plazo referido, los recursos remanentes deberán reintegrarse a la Tesofe, a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes, e incluir los rendimientos financieros generados.

En cualquier caso, serán sancionados en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, los servidores públicos que, por omisión o derivado de su negligencia, no hayan ejercido los recursos públicos conforme a los fines y plazo previstos, y que hubieran reintegrado recursos a la Federación.