Desconcertante la alta demanda para observar desarrollo electoral judicial
Aprueba INE 481 personas como observadores, las cuales se suman a las 477 previamente avaladas, en total son 958 ciudadanos interesados.
Isabel Polvo
Un marcado interés ciudadano se ha manifestado en el actual proceso electoral extraordinario para la renovación de cargos federales y locales del Poder Judicial. Luego de la aprobación de 481 solicitudes, las cuales se suman a las 477 previamente avaladas, en total son 958 ciudadanos interesados en presenciar el desarrollo de la contienda inédita en la entidad.
Recordar que, al corte del 31 de marzo, el INE había recibido un total de 3 mil 632 manifestaciones de interés para participar como observadores; no obstante, una parte significativa de estas solicitudes provenía de individuos inelegibles para esta función, incluyendo militantes de partidos políticos, personas vinculadas a candidaturas en otros procesos y servidores públicos ligados a programas sociales, contraviniendo lo estipulado por la ley.
El presidente de la Junta Local, J. Jesús Lule Ortega puntualizó que el propósito del Instituto Nacional Electoral (INE) es promover la participación ciudadana, aunque resulta incierto, si la alta participación para observar el desarrollo comparativamente con otros ejercicios sea motivo de preocupación.
«No sabemos si tenemos que alegrarnos o preocuparnos. Yo creo que ambas cosas porque tradicionalmente en todos los procesos electorales, nosotros queremos la participación ciudadana y queremos que la autoridad electoral sea observada; recordemos que en este proceso no hay la posibilidad de la observación o de la vigilancia de los partidos políticos», externó en entrevista tras concluir la sesión extraordinaria.
La Junta Local del INE informó que han alcanzado un total de 8 mil 582 solicitudes hasta el 22 de abril, sumando las recibidas en esta instancia y en las tresjuntas distritales de la entidad. De este universo, 958 han sido aprobadas, mientras que 49 fueron rechazadas por no cumplir con los criterios establecidos. El resto de las solicitudes aún se encuentra en proceso de revisión o presenta observaciones pendientes de subsanar.
Lule Ortega, también aclaró que aún no se dispone de un número definitivo de personas que no cumplieron con los requisitos para ser observadores electorales. Esta cifra dependerá del avance de los solicitantes en las etapas de registro y de la acreditación de haber completado el curso de capacitación, ya sea de manera presencial o en línea.
En relación con la preocupación sobre la posible instrumentalización de los observadores electorales como operadores políticos, Jesús Lule subrayó que el curso de inducción aborda tanto las actividades permitidas como las prohibidas para estos ciudadanos.
No obstante, precisó que la facultad del INE se limita a verificar el cumplimiento de los requisitos de los solicitantes, sin tener injerencia en sus acciones posteriores. En este sentido, hizo un llamado a la sociedad y a los medios de comunicación para ejercer una labor de vigilancia activa y exigir el cumplimiento de la ley, evitando cualquier forma de injerencia o participación indebida de partidos políticos y autoridades en la promoción del voto.
Finalmente, Lule Ortega explicó que el retiro de la acreditación a un observador electoral solo puede ocurrir ante la comprobación de una violación a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Específicamente, el artículo 217, inciso e), establece que los observadores deben abstenerse de sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales, interferir en el desarrollo de sus funciones, realizar proselitismo a favor de alguna candidatura o partido; ofender, difamar o calumniar a autoridades electorales, partidos o candidaturas, o declarar el triunfo de alguno de ellos.