DEMANDAN CASTIGO PARA QUIENES OBLIGUEN A INFANTES A PEDIR LIMOSNA
- Proponen que la mendicidad sea castigada con el mismo rigor que la pornografía y la prostitución infantil en la entidad, y que las autoridades estatales y municipales tomen medidas para prevenirla, atenderla y sancionarla.
- “No se trata de criminalizar la pobreza, sino de establecer la mendicidad como una condición de vulnerabilidad que puede escalar a situaciones de riesgo graves, entre ellas, las diferentes modalidades de trata de personas”: León.
Por José Luis Ramírez Romero
“A fin de atender y erradicar” en Tlaxcala la mendicidad de niñas, niños y adolescentes, la diputada Maribel León Cruz (PVEM) propuso castigar a quienes promuevan, induzcan o faciliten a menores de edad, incluso personas con alguna discapacidad mental o intelectual, la realización de actos que impliquen esta forma de explotación en agravio de sus derechos.
Este jueves, en sesión ordinaria, y en el marco del mes de la niñez, la legisladora consideró indispensable realizar una reforma al Código Penal, y a la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tlaxcala, al considerar que esta práctica, como tipo de maltrato hacia el menor, “cada vez va en aumento”.
“En la actualidad hay niñas, niños y adolescentes que se encuentran viviendo en condiciones difíciles, ya que se ha vuelto cotidiano observarlos en los semáforos, calles o cruces de avenidas haciendo malabares, limpiando parabrisas, vendiendo dulces o cualquier otro producto, lo cual resulta peligroso, poniendo en riesgo su vida para ganar dinero”, dijo.
León Cruz indicó que la situación por la que infantes, solos o acompañados, piden dinero, comida o favores a otras personas, realizando malabares o venta de algún producto en los cruceros de las avenidas o en las calles, implica una condición de vulnerabilidad “que puede escalar a situaciones de riesgo graves”, como la explotación sexual y las actividades forzadas, entre otras de carácter ilícito.
Por ello, planteó modificar el Artículo 355 del Código Penal para establecer sanciones de dos a ocho años de prisión, y multa de ciento cuarenta y cuatro a quinientos setenta y seis días de salario, para quienes orillen a los menores a esta práctica, con lo cual la mendicidad infantil sería castigada con el mismo rigor que la pornografía y la prostitución infantil en la entidad.
También propuso reformar el Artículo 357 de este ordenamiento para castigar con dos a cinco años de cárcel y multa de ciento cuarenta y cuatro a trescientos sesenta días de salario, a los padres o tutores que permitan que su menor hijo, o la persona que tengan bajo su cuidado, sea utilizado para mendicidad.
Y, además, consideró necesaria la adición del Artículo 47 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de que las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, tomen las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por la mendicidad.
Maribel León estimó que, si bien la condición de mendicidad se deriva de la precariedad económica, “no se trata de criminalizar la pobreza, sino de establecer la mendicidad como una condición de vulnerabilidad que puede escalar a situaciones de riesgo graves, entre ellas, las diferentes modalidades de trata de personas”.
Por ello, concluyó que la iniciativa que presentó al Pleno es dable para las personas adultas que los mandan a pedir alguna dadiva o limosna, “ya que en algunos casos los padres no trabajan y los utilizan como medio para subsistir, mientras que en otros los menores son acompañados por personas adultas, quienes a la vez se hacen acompañar de infantes, incluso lactantes, para tocar las fibras sensibles del peatón y así poder obtener un beneficio económico”.