Estado

CREA CJF TRIBUNAL COLEGIADO DE APELACIÓN EN EL VIGÉSIMO OCTAVO CIRCUITO

  • Derivado de las reformas y adiciones a la Constitución federal relativas al Poder Judicial de la Federación.

Por José Luis Ramírez Romero

El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) aprobó la creación del Tribunal Colegiado de Apelación, con residencia en el Municipio de Apizaco, el cual inició funciones el pasado 16 de diciembre. Este tendrá competencia mixta y ejercerá jurisdicción territorial en el Vigésimo Octavo Circuito, que comprende el Estado de Tlaxcala.

Con base en el acuerdo del CJF, todos los trámites relacionados con los asuntos de su competencia deberán dirigirse y realizarse en su domicilio, en Libramiento a Huamantla, Manzana IV, Lote 1, Colonia Santa Anita Huiloac.

Además, el Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Octavo Circuito remitirá, dentro de los primeros cinco días naturales de cada mes, un reporte estadístico a la Dirección General de Estadística Judicial.

Cabe recordar que el 11 de marzo de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución federal, relativos al Poder Judicial de la Federación.

En su Artículo Quinto Transitorio, se señala que el CJF, en ejercicio de sus facultades regulatorias, adoptará las medidas necesarias para convertir los Tribunales Unitarios de Circuito en Tribunales Colegiados de Apelación, considerando que en cada entidad federativa debe haber al menos uno de éstos.

Para instrumentar esta transformación, el Pleno del CJF aprobó, en sesión del 22 de junio de 2022, el Estudio relativo a la transformación de los Tribunales Unitarios de Circuito en Tribunales Colegiados de Apelación y, en sesión del 13 de octubre de 2022, validó el Acuerdo General 24/2022, que reglamenta la integración, organización y funcionamiento de los Tribunales Colegiados de Apelación.

Al aprobar estos documentos, el Pleno consideró que solo habría un Tribunal Colegiado de Apelación en el Vigésimo Octavo Circuito, por lo que, para conocer de los juicios de amparo que se promuevan para combatir sus actos, será competente el tribunal más próximo a la residencia del que haya emitido el acto reclamado.

Por ello, se estimó importante que las personas promoventes de amparo tengan conocimiento acerca del órgano ante el cual tienen que presentar la demanda de amparo, cuando pretendan combatir la determinación de un Tribunal Colegiado de Apelación único en su circuito, pues esto no resulta evidente, dada la geografía del país.

Es así que, para determinar la cercanía, no solo se tomó en cuenta la distancia entre las sedes, sino también la accesibilidad entre los Tribunales y un equilibrio entre cargas de trabajo, de modo que el Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Noveno Circuito tendrá jurisdicción para conocer de los juicios de amparo que se promuevan en contra de actos de su homólogo del Vigésimo Octavo Circuito, por ser el más próximo.

Y con el objeto de dar certeza a las personas justiciables acerca del órgano ante el cual tienen que presentar la demanda correspondiente, en sesión de 16 de noviembre de 2022, el Pleno del CJF aprobó el Dictamen relativo a la creación del nuevo Tribunal.