Estado

COMISIÓN DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL CONGRESO LOCAL RECLAMA COMPETENCIA EN DICTAMINACIÓN DE LEY DE GOBIERNO DIGITAL

  • La iniciativa propone que los trámites y servicios a cargo del Estado se ofrezcan prioritariamente de manera digital.

Por José Luis Ramírez Romero

En su calidad de Presidenta de la Comisión de Información Pública y Protección de Datos Personales del Congreso del Estado, la diputada Blanca Águila Lima (PRI) reclamó la competencia para conocer, estudiar y dictaminar la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Gobierno Digital para el Estado de Tlaxcala.

Dicho proyecto fue presentado por la legisladora durante la sesión ordinaria del pasado martes 30 de mayo, y fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, para darle el trámite correspondiente.

La propuesta, integrada por ocho títulos y 54 artículos, propone que los trámites y servicios a cargo del Estado se ofrezcan prioritariamente de manera digital, a través de los Portales Transaccionales que las dependencias tendrían a fin de facilitar su acceso a los usuarios.

Ello supone el establecimiento de una plataforma tecnológica transversal, que sería empleada en diversas áreas de la estructura organizacional de los Órganos del Estado, con herramientas claras y sencillas, con lo cual se pretende avanzar en mejora regulatoria y elevar la competitividad estatal.

Según Águila Lima, el Gobierno Digital permitiría al Estado de Tlaxcala reducción costos en sus operaciones gubernamentales, incrementar la recaudación fiscal y disminuir la corrupción de ventanilla, derivado de la innovación tecnología que, al favorecer operaciones y trámites más transparentes y ágiles, desplazaría el sistema tradicional de actuación pública y elevaría la confianza ciudadana.

En materia de Información Pública, la propuesta legislativa propone que se almacenen y resguarden por 10 años los documentos y datos otorgados por usuarios a través de los portales que se establezcan por parte de los Órganos del Estado, y contempla la confidencialidad del tratamiento de información que se genere, en concordancia con las disposiciones de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala.