BUSCAN REGULARIZAR SITUACIÓN DEL TRANSPORTE PÚBLICO EN LA REGIÓN CONURBADA PUEBLA-TLAXCALA
- Para cubrir las necesidades de movilidad y la transportación de los usuarios, concesionarios utilizan la infraestructura vial fuera de la jurisdicción de sus respectivas entidades federativas.
Por José Luis Ramírez Romero
Los gobiernos de Puebla y Tlaxcala signaron el Convenio de Coordinación Interestatal de Transporte, con el propósito de regularizar la situación relacionada a la prestación del Servicio del Transporte Público en trece puntos de intercesión entre ambas entidades federativas.
El acuerdo celebrado por la Secretaría de Movilidad y Transporte del Gobierno de Puebla, y la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado de Tlaxcala, indica que las Autoridades del Transporte, a petición de los concesionarios, pactaron la firma de dicho instrumento de coordinación interestatal para dar una solución legalmente viable a los problemas de ordenamiento del sector transporte en la región conurbada Puebla-Tlaxcala.
Actualmente, dicha región se integra por 38 municipios, 18 del Estado de Puebla, y 20 del Estado de Tlaxcala, los cuales están inmerso en un fenómeno de metropolización, en razón de estar compuestos de una ciudad central -Puebla- y un desarrollo urbano de considerable extensión.
Tal situación, advierte la necesidad de una coordinación entre las autoridades de ambos Estados, “ya que estos presentan claros problemas de ordenamiento urbano, los cuales, al funcionar como un solo espacio, constituyen un obstáculo para el desarrollo armónico que sería deseable para ambas entidades, como lo es el Servicio Público de Transporte” que, para cubrir las necesidades de movilidad y la transportación de los usuarios, utiliza la infraestructura vial fuera de la jurisdicción de sus respectivas entidades federativas.
En este sentido, el convenio busca garantizar “los requerimientos que los concesionarios de ambos Estados solicitan con el fin de brindar un mejor servicio a los usuarios”, así como las necesidades de transporte de los usuarios de esa región “que se definen en un mejor servicio del transporte y menor costo económico del mismo”.
La prestación del Servicio Público de Transporte que existe actualmente en la zona territorial comprendida entre Puebla y Tlaxcala se da en trece puntos de intercesión entre ambos estados, que son: San Martin Texmelucan, San Baltazar Temaxcalac y Tepetitla de Lardizabal, San Lorenzo Almecatla y Papalotla, San Pablo del Monte, Rafael Lara Grajales, Ixtacamaxtitlán; Rinconada, Chignahuapan, San Francisco Tláloc, Santa Ana Xalmimilulco, Camino a Aeropuerto (entre límites de Puebla y Tlaxcala y San Pedro Tlaltenango), La Venta, Libres y Zacatelco-Mercado Hidalgo de Puebla.
Por ello, las partes acordaron la planeación y ejecución de acciones en materia de transporte a efecto de regular la circulación de los prestadores del Servicio Público de Transporte en vías de jurisdicción estatal, haciendo ascenso y descenso de pasajeros en las paradas autorizadas en sus respectivos itinerarios.
Entre estas destacan que los concesionarios deberán observar lo dispuesto en la normatividad aplicable en materia de tránsito, vialidad y transporte de ambos Estados; a prestar el servicio de que se trate, sujetándose estrictamente a los términos de la concesión; y a proporcionar, en todo tiempo a la autoridad competente, los datos, informes y documentos relativos a la prestación del servicio que le sean requeridos.
También, a que los conductores de sus unidades tengan vigente los documentos que correspondan a la clase de servicio que presten (Licencia de Transporte Publico y Mercantil, Seguro de pasajero vigente y el gafete de identificación, así como los certificados de capacitación procedentes), y cumplan con los horarios, frecuencias de paso, rutas, itinerarios, tarifas y demás requisitos aprobados para cada tipo de servicio.
Los concesionarios deberán abstenerse de realizar cualquier acto que implique competencia desleal o lesione derechos adquiridos por los demás concesionarios y permisionarios, y serán responsables solidarios respecto de los daños y perjuicios que causen sus conductores con motivo de la prestación del servicio público de transporte.
Las concesiones del servicio público de transporte de los Estados de Puebla y Tlaxcala que no se encuentren dentro del Convenio Interestatal serán acreedoras a las sanciones y multas establecidas en los ordenamientos legales de las entidades federativas correspondientes.
Se estima que son prácticamente mil las concesiones de vehículos del Servicio Público de Transporte que tendrán la autorización para transitar y prestar el servicio fuera de su jurisdicción y territorio en los puntos de intersección mencionados.