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BEBER ALCOHOL EN LA CALLE, CONDUCTA ANTISOCIAL QUE MÁS IDENTIFICAN LOS CIUDADANOS: INEGI

  • Gobierno estatal endurece sanciones por consumir bebidas embriagantes en la vía pública y vender alcohol a menores de edad; prohíbe la instalación de expendios a menos de 150 metros de escuelas y campos deportivos.
  • Autoridades llevarán a cabo programas y operativos para reducir los accidentes de tráfico resultantes del consumo de alcohol; castigarán con severidad a conductores ebrios.

Por José Luis Ramírez Romero

Por considerar que es su responsabilidad mantener la gobernabilidad y la armonía social, el Gobierno del Estado decidió endurecer la regulación y hacer más estricta la limitación de la venta de bebidas alcohólicas, a efecto de salvaguardar la integridad de las personas y sus bienes.  

Fue así que, con base en el Artículo 35 Inciso A Fracción XV de la Ley de Salud del Estado de Tlaxcala, que lo faculta a regular, controlar y establecer las modalidades del consumo del alcohol, la persona titular del Poder Ejecutivo procedió a emitir el “Decreto por el que se establecen las limitantes y los horarios para la operación de los establecimientos destinados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en el Estado de Tlaxcala”.

Según los resultados de la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2022, la conducta delictiva o antisocial que los ciudadanos más identifican en los alrededores a sus viviendas es el consumo de alcohol, con 79%.

Es así que, desde el pasado 15 de septiembre, cuando entró en vigor el referido decreto, quedó “terminantemente prohibido” el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, así como la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad, aún en envases cerrados.

“Dado los momentos y las circunstancias actuales”, el gobierno estatal estableció que el incumplimiento de la primera medida constituya una falta administrativa sancionada con arresto administrativo de hasta 36 horas conmutables por multa de veinte U’MAS (Unidad de Medida y Actualización), y que la violación de la segunda se sancione con la clausura definitiva del establecimiento. 

En tal sentido, los Ayuntamientos, en el ámbito de sus competencias, serán los responsables de la imposición de este tipo de castigos.  

Por otra parte, para “atender de forma inmediata” los problemas derivados con el aumento en el consumo de bebidas alcohólicas, los lugares de expendio de éstas “no podrán instalarse, en un radio inferior a los 150 metros a la redonda, de los centros escolares de cualquier nivel educativo”.

En caso contrario, “se sancionará con la clausura definitiva del establecimiento y las demás sanciones que procedan por conducto de las autoridades competentes”. 

En paralelo, quedó prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas en general en campos deportivos, donde se practique cualquier deporte de conjunto como fútbol, básquetbol, voleibol y otros de similar naturaleza, “en un radio no inferior a 150 metros a la redonda, respecto de dichos lugares”.

El desacato a esta disposición será penado con el decomiso de los productos y las sanciones administrativas que correspondan, como la clausura definitiva del estanquillo o expendio por las autoridades competentes. 

También será ilícito conducir vehículos motorizados de cualquier tipo cuando se tenga una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 miligramos por litro, o de alcohol en el aire expirando superior a 0.4 miligramos por litro al conducir.

En el caso de los conductores de vehículos destinados al servicio del transporte público de pasajeros, transporte escolar o de personal, vehículos de emergencias, de transporte de carga, no deberán presentar ninguna cantidad de alcohol en la sangre o en el aire expirado, “sin perjuicio de la cancelación de la concesión si procede”. 

El incumplimiento de lo anterior se sancionará con arresto administrativo de hasta 36 horas conmutables por multa de veinte U’MAS y el aseguramiento del vehículo por representar un riesgo para las personas por su circulación, “esto último a excepción de que, en el acto, haya una persona que pueda hacerse cargo de su conducción, cuya actuación haya sido requerida por el interesado”.

El Gobierno del Estado llevará a cabo programas y operativos para reducir los accidentes de tráfico resultantes del consumo de alcohol y las muertes asociadas a estos de acuerdo a la Ley de Salud para el Estado de Tlaxcala.