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ACCEDERÁ DIF ESTATAL A 30 MDP PARA FORTALECER ACCIONES EN MATERIA DE INFANCIA MIGRANTE

  • Deberá fortalecer los centros de asistencia social, establecimientos asistenciales y lugares habilitados para ello que estén a su cargo.

Por José Luis Ramírez Romero

El Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (SEDIF) contará con 30 millones de pesos (mdp) para el fortalecimiento de las acciones institucionales en materia de infancia migrante, centros de asistencia social, establecimientos asistenciales y lugares habilitados para ello que estén a su cargo.

Tales recursos serán trasferidos por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), a fin de atender las disposiciones marcadas en la Ley de Asistencia Social, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley de Migración y la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político.

Derivado de la asignación y aplicación de tales recursos financieros, se deberá fortalecer en la entidad la operación de la infraestructura de alojamiento temporal, así como los cuidados alternativos y las acciones de intervención de retornos asistidos, al igual que la participación de las Procuradurías de Protección en materia de representación jurídica y restitución de derechos, para la atención de niñas, niños y adolescentes migrantes acompañados y no acompañados.

Ello implica el mantenimiento, el reacondicionamiento, la habilitación, la ampliación, la remodelación, la rehabilitación, el equipamiento y/o el reequipamiento de espacios de alojamiento u otras estrategias de trabajo que resulten relevantes para mitigar la situación de las niñas, niños y adolescentes migrantes.

También, el otorgamiento de cuidados de hidratación, alimentación, higiene, atención sanitaria, entre otros, hasta en tanto se resuelve su situación migratoria en el procedimiento administrativo migratorio “y, en su caso, cuando así corresponda al interés superior de la niñez, los correspondientes retornos asistidos”, o en su caso realizar los acompañamientos para aquellos casos en que se detecte que la niñez migrante requiera de alguna protección complementaria y/o la representación jurídica para la obtención de la condición de refugiado o asilado político.