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Diputada del PRDT, aseguró que mayoría en el Congreso no ha buscado destrabar la ley de aborto

Dio a conocer que, a pesar de aprobarse en la Suprema Corte, hasta hoy esta sigue en la congeladora.

Por: Yaneth Ortega Jiménez

La Diputada local, del Partido de la Revolución Democrática Tlaxcala (PRDT), Laura Yamili Flores Lozano destacó que el destrabar el tema de aborto también, le compete a la bancada de mayoría y es que dicho tema ha sido resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Subrayó que, se ha tocado este tema de manera personal con los diputados, “creo que es más un tema de voluntad, ya la Corte se pronunció, creí que era lo que estaban esperando, pero veo que no, además de que la Corte, no le dio ninguna indicación al Congreso Local, con más razón se ha alargado dicho tema”, dijo.

Flores Lozano, adelantó que se sostendrá una reunión con las activistas, yo estoy dispuesta a escuchar y apoyar respecto al tema, de antemano mi voto es a favor, señalando que ella, ya no presentó iniciativa, precisamente para no alargar el asunto, sino que ya con las iniciativas que están, determinar lo que ya determinó la SCJN.

Reconoció que la principal traba, la ha impuesto la bancada de mayoría, toda vez que hasta hoy no se ha hecho la aprobación y en su caso modificación a la ley, “me sorprende que hay temas que en menos de una semana salen y temas como este, que es un asunto de derecho no y propiamente tiene que ver con la bancada mayoritaria”, aseveró.

Recordar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas normas que criminalizaban y condicionaban la interrupción del embarazo en Tlaxcala, así como el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva, con lo cual se oficializó la despenalización del aborto en la entidad.

La Corte invalidó, entre otros, los artículos 53 Bis y 53 Ter de la Ley de Salud local, que supeditaban la atención médica a la existencia de una denuncia penal o proceso judicial.

De igual manera anuló el segmento del artículo 53 que exigía consentimiento de la persona con patria potestad para otorgar anticoncepción de emergencia a niñas o adolescentes. Además, se eliminó del artículo 44 Bis la referencia a la autorización del Ministerio Público.

Asimismo, inválido el artículo 242 del Código Penal de Tlaxcala que sancionaba el aborto autoprocurado y consentido, al igual que la suspensión del ejercicio profesional de personal médico y de partería involucrado. El fallo aplicará con efectos retroactivos, beneficiando a personas procesadas o sentenciadas por aborto en la entidad.

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