Municipios

Realiza ITE recuento de votos de elección Atempan, Tlaxcala

Luego de que el TET ordenó la apertura de casilla Contigua I, Sección 440 

Isabel Polvo 

En cumplimiento al acuerdo dictado por el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), efectuó el sábado pasado el recuento de la casilla contigua I, sección 440 de la comunidad de San Buenaventura Atempan del municipio de Tlaxcala.

Atendiendo así el medio de impugnación TET-JDC-171/2024, en el que se controvirtió el cómputo municipal, declaración de validez y entrega de la constancia de mayoría inherente.

En virtud de que la actora señaló que, al momento de realizar el cómputo de la elección, se cometió un “error”, puesto que en vez de anotar los resultados en la elección de la casilla Contigua 1 de la sección electoral 440, se anotó el resultado de otra de las trescasillas que conforman la referida elección del 2 de junio. 

De acuerdo al resultado del recuento el PAN obtuvo 68; el PRI, 86; PRD, seis; PT, 49; PVEM, tres; Movimiento Ciudadano, 19; el PAC, 35; Morena, 96; Nueva Alianza, 71 y Fuerza por México, 59. Los votos nulos fueron nueve. 

Se específico que, las boletas sobrantes fueron 197 de un total de 501 votos válidos y nulos que se encuentran en las boletas correspondientes. 

Una vez que se concluyó el recuento de la casilla,  Contigua I, sección 440 de Atempan, el presidente del ITE, Emmanuel Ávila González ordenó reintegrar las boletas electorales a la bodega electoral. 

Señalar, que el órgano electoral local previamente designó a personal que participó en el recuento de votos contenidos en los paquetes electorales de la elección de titulares de presidencia de comunidad de San Buenaventura Atempan, Tlaxcala.   

En ese contexto, el presidente del ITE, instruyó a la secretaría del mismo órgano electoral, que el acta de escrutinio y cómputo aparentemente con información incompleta detectada, se procediera a sacar copia, certificarla y enviarla al TET con el hecho detallado, puesto que fue la condicionante para realizar el recuento de votos.

Recordar que el TET instruyó al Consejo General del ITE “si se encontrare remita el documento a la autoridad jurisdiccional; o en caso de que no se encontrare, resultara ilegible o se hubiera omitido asentar los datos esenciales, lleve a cabo el recuento de la casilla cuestionada y se requiera a los partidos políticos remitan a este Tribunal la copia al carbón que se les hubiera entregado de ese documento”.

Con antelación el TET solicitó al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) el expediente completo de la elección y en respuesta envió copia certificada del acta de escrutinio y cómputo de la casilla Contigua 1 de la sección electoral 440. 

Sin embargo, se observó que no se asentó de forma completa los datos principales que debe contener el documento, como son los resultados de la votación emitida en esa casilla, boletas no utilizadas, número de votos sacados de la urna, personas que votaron conforme a la lista nominal, nombre y firma de integrantes de mesa directiva de casilla, representaciones partidistas por referir algunas.