ÓFS de Tlaxcala, puede ser multado de cien a mil UMAS o hasta la separación del cargo del Titular de este ente por desacato a una sentencia en un juicio de amparo
- El alcalde del Municipio de Contla de Juan Cuamatzi Eddy Roldán hace la observación para que este ente fiscalizador se dirija con profesionalismo desempeñándose con estricto apego a la legalidad.
Derivado de un procedimiento que inició el OFS y que en un primer momento culminó con la imposición de una multa al órgano interno de control del municipio de Contla de Juan Cuamatzi; este municipio no conforme con la multa, interpuso amparo indirecto en contra de dicha resolución y al no tener sentencia favorable; acudió al primer tribunal colegiado del Vigésimo Octavo circuito a través del recurso de revisión administrativo, en el que este último le dio la razón al municipio de Contla de Juan Cuamatzi donde determinó que el OFS no puede multar a discreción o de libre albedrio.
Cabe señalar que diferentes alcaldes han informado a los medios de comunicación; que últimamente el ente fiscalizador se le da multar por todo, quien ha pedido presupuestos, organigramas, información de otras administraciones, además apercibe con multas y da tres días para su entrega sin importarle si es una copia o si son diez o más carpetas, situación que es ilegal toda vez que el órgano de fiscalización solo puede multar por tres supuestos a saber:
1.- Cuando los requerimientos se refieran a la ejecución de auditorías que lleve a cabo el órgano fiscalizador.
2.- Cuando los requerimientos se relacionen con los procedimientos de investigación iniciados por el propio ente fiscalizador por presuntas faltas administrativas graves derivadas de las observaciones no solventadas por los entes fiscalizables contenidas en el informe individual del ejercicio de que se trate, de conformidad con el artículo 63 de la citada ley de fiscalización local.
3.- Cuando los requerimientos se realicen en la etapa de substanciación del procedimiento de responsabilidad administrativa, que lleve a cabo la auditoria substanciadora del propio Órgano de Fiscalización Superior, de acuerdo a los artículos 63 y 64 de la Ley de Fiscalización local ya citada.
Conforme a lo anterior, sólo en estos tres supuestos, la Auditoria Superior del Órgano Fiscalizador podrá requerir información y documentación y en el caso de que se incumplan sus requerimientos, estará facultada para imponer multas.
Por esta razón todos esos oficios y requerimientos que envían a los diferentes municipios en muchas ocasiones son ilegales, pues carecen de toda fundamentación y motivación.
En este sentido, como ya se dijo el gobierno de Contla de Juan Cuamatzi tuvo que recurrir ante el tribunal colegiado para evidenciar de manera contundente e irrefutable la arbitrariedad y abuso de autoridad con la que se está conduciendo esta instancia fiscalizadora, ya que no se puede seguir consecuentando; en entrevista con el munícipe Eddy Roldán manifestó que “…fue una multa que impusieron la cual considero que fue ilegal toda vez que hay tres supuestos en la ley para realizar este tipo de multas, y hago la observación a los demás alcaldes del estado a no guardar silencio, hago un llamado a ellos para alzar la voz y defenderse, ya basta de esa corrupción que se vive al interior del OFS porque no puede continuar amedrentando con las multas…” resaltó, así mismo agregó que desafortunadamente dicha instancia está excedida de poder al grado de burlarse del Tribunal Colegiado porque en la resolución que este último emitió le ordenó a el titular del OFS que dejara insubsistente la resolución que imponía una multa y emitiera una nueva con apego a derecho.
No obstante, el OFS volvió a emitir una nueva resolución en donde multa nuevamente al órgano interno de control del municipio; tal hecho se le hizo de conocimiento al juzgado tercero de distrito, mismo que emitió un acuerdo. Documento que este medio de comunicación tiene a la mano y se hace énfasis al citar textualmente lo siguiente “…en consecuencia, lo procedente es requerir nuevamente a María Isabel Delfina Maldonado Textle en su carácter de Auditora superior del Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado de Tlaxcala, para que dentro del plazo de tres días, dé cabal cumplimiento a la ejecutoria de mérito…” “…lo anterior, bajo el apercibimiento, para el caso de incumplimiento sin causa justificada, con que se le impondrá una multa de cien a mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, y se remitirá el expediente al tribunal colegiado de circuito o a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según el caso, para seguir el trámite de inejecución, que puede culminar con la separación de su puesto y su consignación…”
Por tanto, pareciera que el titular del OFS se burla y a su vez reta la fuerza de la autoridad federal pues está haciendo caso omiso a lo ordenado en la sentencia del tribunal colegiado; por esta razón el alcalde Eddy Roldan hace un llamado a la institución fiscalizadora para que recapitule su actuar y se conduzca en todo momento bajo los principios de la legalidad y el profesionalismo.