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PUBLICAN EL TABULADOR DE TARIFAS DE VIÁTICOS VIGENTE EN EL PODER JUDICIAL

  • Como parte de los Lineamientos de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestal para el ejercicio fiscal 2022.

Por José Luis Ramírez Romero

A efecto de garantizar el uso eficiente y transparente de los recursos públicos en el Poder Judicial, el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala aprobó los Lineamientos de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestal para el ejercicio fiscal 2022.

Dichos lineamientos, establecen acciones tendientes a “mejorar la distribución del recurso, así como para fomentar el ahorro, fortalecer la cultura de austeridad y administración, mitigar el impacto en la pérdida del Presupuesto Basado en Resultados, garantizar un balance presupuestario sostenible y dar cumplimiento a los programas” de esta soberanía en la impartición de justicia. 

En su contenido se incluye el tabulador de tarifas de viáticos vigente, según el cual la Presidenta y los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), así como los Consejeros de la judicatura, podrán acceder a recursos por hasta 4 mil 500 pesos para realizar traslados al interior del país en actividades de menos de 24 horas, y de hasta 5 mil pesos cuando éstas excedan un día, mientras que, para viajes al extranjero, gozarán de un monto por hasta 300 dólares.

Para el caso de quienes se desempeñen como titulares de la Secretaría Ejecutiva, Secretaría General de Acuerdos, Tesorería y Contralor, así como Juezas y Jueces, los viáticos al interior de la República Mexicana ascenderán hasta 3 mil 500 y 3 mil pesos, cuando se trate de labores que impliquen una duración de un día, o menos de 24 horas, respectivamente.

Dichos montos serán aplicables también al resto del personal del Poder Judicial.

Los importes señalados incluyen gastos de hospedaje y combustible en su caso, así como alimentación y renta de transporte, y constituyen los topes máximos autorizados, por lo que se podrán aplicar montos inferiores en función de la disponibilidad presupuestal. 

De manera excepcional, podrá autorizarse el pago de viáticos en montos superiores a los señalados, cuando se trate de participaciones en reuniones oficiales en donde existan hoteles o lugares sedes obligatorios. 

Los gastos que se hayan generado por el otorgamiento de viáticos deberán comprobarse en la Tesorería del Poder Judicial a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes a la conclusión de la comisión, y en caso de existir remanente alguno, deberá de reintegrarse en el mismo plazo, pues “si vencido el plazo para la comprobación de los viáticos o el reintegro del remanente no se lleva a cabo, el área correspondiente procederá a descontar al servidor público omiso al monto no comprobado o reintegrado”, descuesto que se llevará a cabo vía nómina.

Los Lineamientos de Racionalidad del Poder Judicial prevén también que la o el servidor público que desempeñe una comisión y requiera el pago de pasajes, recibirá el importe respectivo, previa presentación del comprobante de pago, del informe correspondiente y copia simple del acuse del documento entregado; y ese importe no superará los mil 100 pesos.

El uso de transporte aéreo sólo será autorizado para los servidores públicos de mandos medios y superiores, y en todo caso, los pasajes aéreos corresponderán a las tarifas más económicas.

El personal que sea comisionado fuera del Estado, tendrá derecho al otorgamiento de viáticos, los cuales serán autorizados por el Consejo, debiendo restringirse al tiempo indispensable de la comisión, la cual se otorgará por oficio.

Los montos de viáticos que se otorguen deberán ser exclusivamente por los días estrictamente necesarios para que el personal desempeñe la comisión conferida.