Estado

Tras golpiza muere recluso en el hospital

Fue por complicaciones médicas, argumentó la SSC; el caso ocurrió hace unos meses en el CERESO de la capital y se ocultó, derechos humanos intervendrá hasta ahora

Un hombre en calidad de persona privada de la libertad (PPL) en el Centro de Reinserción Social (CERESO) de la ciudad de Tlaxcala, falleció luego de que hace unos meses fue llevado al hospital tras participar en una riña interna.

La Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) descartó que la muerte se debiera a las posibles lesiones que sufrió entonces, argumentando que el recluso tuvo complicaciones de salud, principalmente por un padecimiento del sistema digestivo que derivo en una infección grave después de una cirugía en julio.

Sin embargo, a pesar de que la riña en la que participaron tres personas sucedió dentro del CERESO de la capital desde el pasado 23 de junio, y un hombre tuvo que ser llevado al hospital para descartar lesiones graves, y ese mismo hombre pereció casi cuatro meses después por presuntos problemas de salud, también diagnosticados y tratados dentro del CERESO, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala (CEDH) señaló que iniciará una indagatoria para saber la realidad de lo que sucedió y si hubo vulneración a sus derechos.

Ayer por la mañana se dio a conocer a través de medios de comunicación digitales que un recluso que había estado hospitalizado tras participar en una pelea había fallecido.

De momento trascendió que posiblemente se debió a las lesiones que había sufrido y que deterioraron su salud por más de tres meses y medio.

Casi 12 horas después de que la noticia se dio a conocer, la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) emitió un comunicado explicando lo que presuntamente ocurrió.

El desplegado explicó que Jorge, nombre del reo fallecido, se vio involucrado en una riña ocurrida el día 23 de junio al interior del CERESO Tlaxcala, donde además participaron tres Personas Privada de la Libertad (PPL).

Ese día personal del servicio médico perteneciente al centro penitenciario brindó atención médica a dicha persona para descartar alguna lesión que pusiera en riesgo su vida y, como parte del protocolo, fue trasladado al Hospital General de Tlaxcala para recibir atención en el servicio de urgencias, siendo dado de alta ese mismo día.

De acuerdo con su historial clínico, fue valorado el 29 de junio en el área médica del Centro Penitenciario por estreñimiento, probable gastroenteritis y síndrome doloroso abdominal, y en tres ocasiones más, por lo que se le prescribió tratamiento farmacológico y continuó en observación permanente; sin embargo, toda vez que los centros penitenciarios solo cuentan con atención médica de primer nivel, fue canalizado el 11 de julio al área de urgencias del Hospital General de Tlaxcala por persistencia de sintomatología abdominal, lo cual  permitió una mejor atención, siendo diagnosticado con coprostasis, infección de vías urinarias e ictericia en estudio, indicándole tratamiento.

Posteriormente fue ingresado nuevamente al hospital el día 24 de julio para recibir consulta en otorrinolaringología programada, pero debido a las complicaciones medicas que presentaba, ingresó a urgencias para ser valorado nuevamente y mantenerlo en observación, por lo que se determinó una intervención quirúrgica al presentar un diagnóstico de abdomen congelado, perforación cecal y absceso pericecal.

Cabe mencionar que, desde la intervención quirúrgica, quedó internado bajo la observación permanente del servicio de cirugía; no obstante, debido al deterioro importante de su condición de salud, con evolución no favorable, falleció por choque séptico debido a una infección grave el día 8 de octubre del presente año en el nosocomio.

La declaración de las autoridades de seguridad estatal podrían ser objeto de una investigación a fondo, para determinar si el problema gastrointestinal del recluso pudo haberse evitado dentro del penal, o si las complicaciones que presuntamente lo hicieron perder la vida fueron por algún caso de negligencia de sus custodios al no proporcionarle las condiciones aptas para su debida recuperación o incluso de los médicos que lo atendieron, al no ser claros en las prescripciones tomando en cuenta las condiciones en las que el paciente se encontraba, mismas que debería atraer también la CEDH.