Publican decreto para regularizar autos chocolate en 10 estados del país
Este miércoles entró en vigor la regularización de coches utilizados de origen extranjera, conocidos como autos chocolate, que va a ser vigente en 10 entidades, misma que concluirá el próximo 20 de julio.
La medida permitirá el trámite para las unidades que al 19 de octubre de 2021 se encontraban en Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Durango, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas, estados donde entra en vigor la medida.
Esto, siempre y cuando el vehículo se hayan encontrado al 19 de octubre de 2021 en el territorio de las 10 entidades de la República mencionadas y no cuenten con el documento que acredite su legal estancia en el país, el modelo del vehículo sea de ocho o más años anteriores a aquél en el que se realice la importación definitiva; el propietario que realice la importación sea persona física, mayor de edad y residente en alguno de esos estados y se cubra un aprovechamiento de dos mil 500 pesos.
El acuerdo, publicado hoy en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, establece como requisito que “el año-modelo del vehículo sea de ocho o más años anteriores a aquél en el que se realice la importación definitiva”, y recalca que no podrán importarse por esta vía vehículos de lujo o deportivos.
En el documento se agrega que en el país se estima que circulan aproximadamente dos millones de vehículos de procedencia extranjera de manera irregular en el país, por lo que para su inscripción en el Registro Público Vehicular llama a colaborar a las autoridades federales, estatales y a los propietarios.
Finalmente, señala que los ingresos que se obtengan por el pago del aprovechamiento (2 mil 500 pesos) serán destinados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, “preferentemente, para acciones de pavimentación en los municipios que correspondan conforme a una distribución porcentual basada en el número de vehículos regularizados y registrados de acuerdo con el domicilio del importador con el que se haya realizado el trámite respectivo”.
Esto, conforme a los convenios que para tales efectos celebre dicha Secretaría con las entidades federativas a que se refiere la fracción I del artículo 3 de este instrumento.
Con información de: AUTODINAMICO