PROTOCOLO DE ACTUACIÓN POLICIAL PARA LA SEGURIDAD Y ATENCIÓN DE MANIFESTACIONES EN PRO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS PARA EL ESTADO DE TLAXCALA
- El Protocolo asegurará los derechos, tanto de grupos de personas, colectivos y terceras, así como de personas integrantes de instituciones de Seguridad Pública.
En su implementación, se privilegiará el dialogo como principal mecanismo de solución de conflicto.
En la aplicación, queda proscrito el uso de las armas letales, utilizando únicamente equipo antimotin y de protección personal.
En todo momento, las instituciones de Seguridad Pública actuarán apegadas a los principios constitucionales de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.
Los cuerpos de seguridad se ajustarán también a los principios de igualdad de género, la no discriminación y el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.
La actuación policial buscará garantizar la seguridad de manifestantes facilitando su libertad de reunión, expresión, manifestación y protesta, aplicando el dialogo como forma de atención y solo como último recurso el uso de la fuerza de manera progresiva.
Conocer las zonas de seguridad y ubicación de los servicios de emergencia para la protección de las personas participantes.
Se procurará la seguridad e integridad de las personas periodistas y defensoras de derechos humanos que participen dentro de la manifestación, respetando en todo momento sus derechos y el desempeño de su labor o trabajo, salvaguardando su integridad personal en caso de tornarse violenta la manifestación.
La intervención de los elementos de seguridad pública participantes deberá ser con estricto apego a los derechos humanos de las personas, con perspectiva de género y garantizando el derecho a una libre manifestación y libertad de expresión.
Se implementarán estrategias de control y seguridad vial dentro de los recorridos de las manifestaciones, consistentes en acompañamiento a las personas manifestantes, cortes de circulación y trazabilidad de rutas alternas para el tránsito vehicular.
En coordinación con dependencias de los tres órdenes de gobierno, se establecerán medidas de protección para bienes e instalaciones del dominio público, propiedad privada, y bienes históricos considerados patrimonio cultural de la humanidad, para evitar que sean vandalizados o destruidos