EstadoPORTADA

Pensiones Civiles y desastres naturales, temas de atención dentro del gasto del siguiente año

  • En caso de cumplirse o rebasarse las expectativas económicas previstas para 2023, los excedentes presupuestarios que aplicarán al pago de adeudos y sentencias definitivas, así como a la aportación a fondos para la atención de desastres y de pensiones, incluso, gasto corriente.

Por José Luis Ramírez Romero

La crisis del sistema pensionario, el efecto de las contingencias por fenómenos naturales, y el incremento en el gasto corriente, constituyen las principales situaciones de riesgo para la estabilidad de las finanzas públicas, de cara al próximo año.

Así lo indica un análisis elaborado por el gobierno estatal, el cual indica la necesidad de considerar previsiones presupuestarias para atender estos temas que podrían afectar los egresos estatales.

De acuerdo con el Proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Tlaxcala para el Ejercicio Fiscal 2023, se prevén medidas y recursos para enfrentar el pasivo contingente que implican las pensiones del gobierno estatal, las cuales se consideran como parte de los riesgos fiscales a encarar el siguiente año.

También, los desastres naturales, para los cuales se aportarán recursos a través de un fondo específico, mismo que se integrará durante 2023 con recursos excedentes como lo establece el Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, a fin de cubrir el costo de daños en infraestructura pública y atender a la población afectada.

Por otra parte, se incluye una sección específica correspondiente al gasto en servicios personales, el cual comprende las remuneraciones de los servidores públicos, “desglosando las percepciones ordinarias y extraordinarias, e incluyendo las erogaciones por concepto de obligaciones de carácter fiscal y de seguridad social inherentes a las mismas”.

Y también, para asegurar una adecuada disciplina financiera, en el proyecto se establece que, en caso de cumplirse o rebasarse las expectativas económicas previstas, los excedentes presupuestarios que se determinen deberán aplicarse para inversión pública productiva, a través del Fondo de Inversión Pública Productiva Estatal o Municipal, y el Fondo de Compensación Estatal o Municipal, a fin de compensar la eventual caída de Ingresos de libre disposición de ejercicios subsecuentes.

También podrán aplicarse, “por lo menos el 50%, para la amortización anticipada de la Deuda Pública, el pago de adeudos de ejercicios fiscales anteriores, pasivos circulantes y otras obligaciones”, así como “el pago de sentencias definitivas emitidas por la autoridad competente, la aportación a fondos para la atención de desastres naturales y de pensiones”.

“Los ingresos excedentes podrán destinarse a los rubros mencionados sin limitación alguna, siempre y cuando el Estado se clasifique en un nivel de endeudamiento sostenible de acuerdo con el Sistema de Alertas”, señala el estudio.

Cabe recordar que la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios indica que, cuando el estado se clasifique en un nivel de endeudamiento sostenible de acuerdo con el Sistema de Alertas, podrá utilizar hasta un 5% de los recursos referidos para cubrir Gasto Corriente.