Estado

Ordena ejecutivo expedir dos constancias de aspirantes para el ingreso a la función notarial

  • Se expidieron a favor de Beatriz Fabiola Ramírez Wong y Manuel Vázquez Conchas, con lo cual podrán participar en los exámenes para obtener Patente de Notario.

Por José Luis Ramírez Romero

La gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros ordenó a la Secretaría de Gobierno (Segob) expedir Constancias de Aspirantes para el ingreso a la función notarial a favor de los licenciados en Derecho Beatriz Fabiola Ramírez Wong y Manuel Vázquez Conchas.  

El pasado 12 de julio, el Ubaldo Ibáñez Huerta, Director de Notarías y Registros Públicos del Estado, remitió a la Segob, el dictamen de procedencia de solicitud de dichas constancias, así como los expedientes que se formaron a favor de ambos profesionales del Derecho.

En esa misma fecha, el titular de la Segob, Sergio González Hernández solicitó a la titular del Poder Ejecutivo la expedición de las Constancias de Aspirantes, por considerar que cumplieron con los requisitos legales correspondientes. 

En consecuencia, la gobernadora del estado acordó el 13 de julio expedir por triplicado las Constancias de Aspirantes, a efecto de que un ejemplar se conserve en la Dirección de Notarías, otro en el Consejo de Notarias del Estado y el último se entregue al Aspirante para los efectos legales conducentes.

De acuerdo a la Ley del Notariado, el interesado en obtener la Constancia de Aspirante que será otorgada por el titular del Ejecutivo, deberá cumplir 13 requisitos.

Deberá ser de nacionalidad mexicana, originario del Estado de Tlaxcala o con residencia efectiva e ininterrumpida en él no menor de cinco años anteriores a la fecha de la solicitud, en pleno ejercicio de sus derechos; y tener cuando menos 33 años de edad a la fecha de la solicitud.

También, contar con título y cédula profesional de abogado o Licenciado en Derecho, expedidos legalmente con una antigüedad mínima de 10 años anteriores a la solicitud, y contar con experiencia profesional o ejercicio de la profesión no menor de ese lapso.

Junto con ello, tener título y cédula profesional de posgrado en Derecho Notarial, Contractual o Privado, expedidos legalmente con una antigüedad mínima de cinco años anteriores a la solicitud. En caso de no cubrir este requisito, será necesario acreditar la realización de prácticas notariales de manera ininterrumpida por un período mínimo de un año en alguna notaría del Estado o acreditar el curso de formación de aspirantes a Notario que imparta la Dirección.

Además de no padecer enfermedad que impida el ejercicio de las facultades intelectuales o que sea causa de imposibilidad física para el desempeño de la función notarial, el aspirante tampoco deberá haber sido condenado por delito doloso que amerite pena corporal de más de un año de prisión; ni haber sido suspendido, cesado o separado del ejercicio de la función notarial en el Estado o en otra entidad federativa, ni haber sido declarado en concurso civil o mercantil, excepto que haya sido restituido.

Otras restricciones a observar son: no ser ministro de algún culto religioso, no ser pariente hasta el cuarto grado en línea recta o transversal del titular del Ejecutivo; ser una persona honesta, de buenas costumbres y haber observado constantemente una conducta que inspire confianza en la sociedad para el ejercicio de la función notarial; no haber sido inhabilitado para ocupar cargo público, y haber efectuado el pago de derechos correspondiente para la obtención de la Constancia de Aspirante.

Cabe mencionar que solo quienes hayan obtenido la Constancia de Aspirante podrán participar en los exámenes para obtener la Patente de Notario.