La violencia digital, mediática y machista se incluyen en guía de actuación para erradicar violencia contra mujeres: ITE
- El objetivo principal es facilitar información clara y precisa sobre aquellas acciones que afecten o vulneren los derechos político-electorales de las mujeres en la entidad, durante los Procesos Electorales y en el desempeño del cargo, en los espacios políticos, públicos y privados
Isabel Polvo
La violencia machista, la violencia digital, la violencia mediática y el delito de violación a la intimidad sexual fueron contempladas en la «Guía de Actuación para la Prevención, Atención y Erradicación de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género», así lo modificó el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE).
Las recientes modificaciones se adecuan al marco normativo general, especialmente a las reformas a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que entre otras cosas los tipos de violencia se pueden expresar mediante las Tecnologías de la Informática y la Comunicación (TICs) y en medios digitales afectando cualquier ámbito tanto la vida privada o en su imagen política, manifestó la consejera electoral Erika Periañez.
Con ello, el órgano electoral determinó incorporar lo correspondiente a violencia y principios rectores como enfoques intercultural y diferencial, así como de interseccionalidad a efecto de cerrar brechas de género en todos los ámbitos de la vida pública y privada a través de políticas públicas.
Erika Periañez, refirió que la modificación pretende armonizar la guía conforme a los recientes avances a favor de las mujeres, con el único objetivo de ser una herramienta práctica para que este sector de la población identifique la violencia política en razón de género; las instancias competentes para su atención; fomentar la cultura de la prevención, y la denuncia cuando sientan vulnerados sus derechos, no sólo en el acceso, sino en el ejercicio del cargo.
Además, de conocer como mecanismo para atender y sancionar la violencia de política contra las mujeres en razón de género, en el ámbito electoral, el Procedimiento Especial Sancionador.
«Las reformas del 29 de abril del reciente año establecen los principios rectores para la elaboración y ejecución de políticas públicas federales y locales para garantizar el acceso de las mujeres, adolescentes y niñas a una vida libre de violencias. Destacan la igualdad jurídica, sustantiva, de resultados y estructural, la dignidad y libertad de las mujeres, la universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los derechos humanos, la perspectiva de género, la debida diligencia, la interseccionalidad, intercultural y el enfoque diferencial», especificó.
Agregó que a partir del acuerdo ITE-CG-26/2022, que el órgano electoral fundó provisionalmente la Coordinación de Igualdad de Género y no Discriminación, la cual se dio vista al poder Legislativo para que cree las reformas pertinentes a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para contar con un área de carácter técnico y especializado que permita impulsar la igualdad entre hombres y mujeres, así como los sectores históricamente sub representados.