Improcedentes 11 procedimientos especiales sancionadores en elecciones: TET
- No se acreditaron los hechos denunciados y en consecuencia fueron desechados
El Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) determinó la improcedencia de sanciones legales al declarar 11 procedimientos especiales sancionadores improcedentes porque no se acreditaron los hechos denunciados en contra de diversos actores políticos, consistentes en actos anticipados de campaña, uso de recursos públicos o utilización de elementos religiosos.
Entre los expedientes resueltos, se encuentran los procedimientos especiales sancionadores 072 y 073 en contra de la ciudadana Lorena Cuéllar Cisneros como precandidata a la gubernatura de Tlaxcala por la coalición “Juntos Haremos Historia en Tlaxcala”, en los que el Pleno del TET declaró la inexistencia de la infracción porque del análisis de la propaganda denunciada, consistente en publicaciones contenidas en sus redes sociales, en ninguna de ellas se desprendieron llamamientos directos o implícitos al voto a favor o en contra de alguna candidatura.
También, los magistrados resolvieron que no se acreditó alguna infracción sobre el uso de recursos públicos por parte de diputados federales y locales en un evento realizado el 8 de febrero pasado, ya que no se celebraron sesiones en los órganos legislativos de los cuales son integrantes. Esos fueron los casos de Martha Guerrero Sánchez, Silvano Garay Ulloa, Luis Garrido Cruz y Sandra Corona Padilla.
Sin embargo, sí se tuvo por acreditada la infracción denunciada en contra de Armando Contreras Castillo en su carácter de diputado federal, en consideración de que no asistió a una sesión celebrada en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, distrayéndose y descuidándose de una de sus principales funciones públicas en el ejercicio del cargo que ostenta, y se ordenó dar vista a la Contraloría Interna de ese órgano legislativo para los efectos a que haya lugar.
Los procedimientos especiales sancionadores que fueron resueltos por los magistrados José Lumbreras y Miguel Nava, así como por la magistrada Claudia Salvador, fueron los identificados en los expedientes 78, 95, 99, 100, 101, 103, 106, 107 y 108. Y en ningún de ellos encontraron que se acreditaran los hechos denunciados, consistentes principalmente en actos anticipados de campaña.