HACIA LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO ESTATAL
Por: José Luis Ramírez Romero
En enero pasado, el grupo parlamentario de Morena en el Congreso del Estado presentó su agenda legislativa para el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Primer Año Legal de la LXIV Legislatura. Y dentro del paquete de iniciativas que integran su programa de trabajo destaca el que, sin lugar a dudas, es su proyecto más ambicioso: la creación de la Ley de Planeación para el Desarrollo de Tlaxcala.
Actualmente, la legislación local contempla que, en los ámbitos de gobierno estatal y municipal, se formulen planes de desarrollo, y que estos sean congruentes con el instrumento de planeación que, para tal efecto, elabore el Ejecutivo federal.
Sin embargo, no hay un marco jurídico que establezca los lineamientos bajo los cuales el gobierno estatal y los ayuntamientos diseñen dichos planes, ni tampoco mecanismos para su evaluación y seguimiento. El Poder Legislativo, que además de ostentar la representación popular y generar leyes, tiene facultades como fiscalizador y controlador de la acción del gobierno, pero no las ejerce en este ámbito, ya que no está obligado a estudiarlos ni validarlos.
Esta situación implica que la planeación del desarrollo sea una simulación, pues si bien está marcada la obligación de presentar tales planes, no la hay para efectos de garantiza su cumplimiento en ningún ámbito de gobierno.
Los informes anuales, por ejemplo, que tanto el Ejecutivo estatal como los Presidentes Municipales deben rendir a la ciudadanía, se convierten en ejercicios de promoción personalizada, y no en actos de evaluación objetiva ni de rendición de cuentas seria. Sencillamente, la conducción de la administración pública, al obedecer en la práctica cotidiana a criterios políticos de coyuntura, resulta inercial y no estratégica.
Por esa razón, resulta relevante que los legisladores de Morena consideren la Ley de Planeación para el Desarrollo de Tlaxcala entre sus prioridades. Y dada su relevancia, sería prudente que la bancada echara mano de sus buenos oficios para canalizar las propuestas que, al interior del Congreso local, pudieran formularse en esta materia, para no dispersar los esfuerzos legislativos enfocados a cubrir sus vacíos.
En enero pasado, a iniciativa de los diputados Vicente Morales Pérez (Morena) y José Gilberto Temoltzin Martínez (PAN), se aprobaron reformas y adiciones a la Ley Municipal para que los planes de desarrollo de los municipios se elaboren con posterioridad a la publicación del Plan Estatal de Desarrollo (PED), mediante mecanismos de participación ciudadana, con perspectiva de género, visión sustentable e inclusión de grupos vulnerables, y estructurados a partir de diagnósticos, proyecciones, objetivos generales y específicos, ejes, programas e indicadores.
No obstante, estas enmiendas llegaron tarde, considerando que ya se habían cumplido los tiempos y las formas contemplados en la redacción anterior de la norma modificada, según la cual los Ayuntamientos estaban obligados indistintamente a entregar, en un plazo no mayor a cuatro meses a partir de su instalación, su Plan de Desarrollo Municipal, el cual, debía ser congruente con el PED, a pesar de que el Poder Ejecutivo tenía seis meses para remitirlo al Congreso del Estado, lo que apenas ocurrió el pasado 28 de febrero.
¿Qué pasará con los planes que los municipios ya habían elaborado y enviado al Congreso local antes de la reforma a la Ley Municipal?
¿Tendrán validez los que, hasta antes de la entrega del PED 2021-2027, ya habían sido enviados al Periódico Oficial del Gobierno del Estado para su publicación?
¿Se debe entender, en esta ocasión, el plazo no mayor a 40 días naturales, posteriores a la publicación del PED, que establece la reforma, como prórroga para que los Ayuntamientos reelaboren y vuelvan a aprobar y publicar sus planes municipales de desarrollo?
Es, precisamente, el estudio de las implicaciones de las reformas lo que debería predisponer a los legisladores locales a asumir con más responsabilidad su función. Apenas el pasado martes se presentó al pleno un nuevo proyecto de reforma a la Ley Municipal para establecer que las acciones de este nivel de gobierno se alineen con los objetivos de la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Y aunque el planteamiento es loable, valdría la pena reflexionar si las actuales autoridades municipales están en condiciones de crear sus consejos municipales para la Implementación de la Agenda 2030, cuando nuevamente corren los tiempos y formas de una reforma para integrar los planes municipales de desarrollo para el presente trienio, y más aún, si los municipios tlaxcaltecas cuentan con la capacidad institucional para cumplir, en los próximos nueve años, los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible que forman parte de una agenda aprobada en 2015.
De cara a estos y otros escenarios es necesaria una Ley de Planeación para el Desarrollo de Tlaxcala para definir con precisión los métodos de consulta democrática que permitan identificar los principales problemas a resolver y sus alternativas de solución con la participación activa de los sectores de la sociedad, pero también para determinar las características de los diagnósticos que se utilizarán para establecer la situación del momento presente y trazar las líneas de acción para el cumplimiento de objetivos con base en una adecuada prospectiva.
No es secreto que, en una importante parte de la sociedad tlaxcalteca, hay altas expectativas en torno al proyecto de la Cuarta Transformación. Y aunque seguramente la nueva Ley de Planeación, a cargo de la bancada de Morena, ya no alcanzará el diseño del PED 2021-2027, ni tampoco los planes municipales de desarrollo para el actual trienio, puede aspirar a constituirse en una pieza estratégica para el desarrollo estatal de los años por venir. Esperemos que se aborde con absoluto compromiso a la necesidad de orden del quehacer gubernamental para responder con contundencia a las demandas de la población de uno de los estados más pobres y marginados de México.