Estado

Emite ejecutivo reglas de operación para adquisición de unidades vehiculares nuevas o seminuevas para transporte público y taxi

Para autobús la cantidad es de 60 mil pesos, mientras que en la modalidad de taxi tipo sedán será de 30 mil pesos

Isabel Polvo 

El Poder Ejecutivo y la Secretaría de Movilidad y Transporte emitieron las reglas de operación en el Periódico Oficial del programa para la adquisición de unidades vehiculares nuevas o seminuevas para el servicio de transporte público en la modalidad de colectivo y taxi para el estado de Tlaxcala, que excedan 10 años de antigüedad; estableciendo los términos y condiciones para el otorgamiento de apoyos económicos. 

El programa tendrá cobertura para todas las personas concesionarias que prestan el servicio de transporte público en la modalidad de colectivo y taxi del Estado de Tlaxcala.

El apoyo económico que se otorgará a las personas concesionarias que prestan el servicio de transporte público en la modalidad de colectivo y taxi en el Estado, para renovar la unidad vehicular con la que prestan dicho servicio, será el siguiente: 

En la modalidad de colectivo: Para autobús la cantidad de 60 mil pesos; para minibus la cantidad de 50 mil pesos; microbús la cantidad de 40 mil pesos; para combi la cantidad de 40 mil pesos; en la modalidad de taxi para sedán accederán a una cantidad de 30 mil pesos 

La entrega de los apoyos económicos se realizará en el momento, forma y términos que determine la Secretaría de Finanzas del Estado, en apego a la normatividad en la materia. 

Del procedimiento para ser beneficiario del programa, las personas concesionarias deberán ingresar su solicitud por escrito, dentro de los 90 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de las presentes reglas, dicha solicitud deberá cumplir entre otras cosas con los siguientes requisitos: la descripción de la modalidad del servicio de transporte público que presta; datos de la unidad vehicular con la que está prestando el servicio; descripción de la ruta o sitio; la manifestación de solicitud para acceder al apoyo económico del Programa; el tipo y modelo de unidad que pretende adquirir, por referir algunos.

Entre las causas para desechar la solicitud se contempla el incumplimiento de los elementos establecidos en las reglas de operación; que la persona concesionaria omita adjuntar uno o más requisitos de los que se contempla; en una misma solicitud se pretenda más de un apoyo; bajo ningún supuesto se admitirá la intervención de terceras personas que gestionen o intervengan en el proceso, excepto cuando se trate de un familiar en primer grado consanguíneo o civil; y la persona solicitante no subsane los requisitos faltantes que le hubieran sido requeridos entre otros.

Las personas concesionarias que soliciten el apoyo económico del programa serán consideradas beneficiarias, siempre y cuando cumplan con todos los requisitos y condiciones establecidas en las presentes reglas; y se comprometan a adquirir una unidad vehicular modelo 2025 o la más cercana a ese año.

El otorgamiento de este apoyo económico atenderá casos prioritarios, es decir, siempre y cuando la unidad vehicular con la que han explotado la concesión no cuente con ninguna queja presentada por alguna persona usuaria de la misma; la unidad vehicular o la persona conductora de la misma no cuente con ninguna infracción en el último año del servicio; la persona concesionaria acredite uno o más dependientes económicos considerando a personas con discapacidad  y con enfermedades crónicas degenerativa. 

Lo anterior, para apoyar financieramente a aquellas personas físicas o morales que cuenten con una concesión para la prestación del servicio de transporte público en las modalidades ya referidas, y que pretendan adquirir unidades vehiculares nuevas o actualizar aquellas que sean destinados a dicho fin.

“El programa tiene como objetivo general garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad, en cumplimiento al artículo 4°, párrafo vigésimo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la mejora y modernización de las unidades vehiculares que prestan el servicio de transporte público en la modalidad de colectivo y taxi, con concesión otorgada por el Gobierno del Estado de Tlaxcala”.

La vigencia del programa será a partir de la fecha en que surta efectos la publicación de las presentes Reglas de Operación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala y hasta el 31 de diciembre de 2025 o bien, cuando se haya agotado la disponibilidad presupuestaria del programa

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *