BUSCAN PREVENIR Y SANCIONAR LA DISEMINACIÓN DE DISCURSOS DE ODIO CONTRA PERSONAS LGBTIQ+
Mediante reformas a la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación y el Código Penal del Estado de Tlaxcala.
Por José Luis Ramírez Romero
A fin de garantizar de manera efectiva el respeto y cumplimiento de los derechos fundamentales de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, especialmente las personas LGBTIQ+, la diputada Guillermina Loaiza Cortero (Morena) propuso reformar la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación y el Código Penal del Estado de Tlaxcala.
Y es que, a decir de la legisladora local, son objeto de discriminación y agresiones que contravienen las máximas establecidas en el marco jurídico vigente.
En este sentido, recordó que el Estado mexicano ha asumido ante la comunidad internacional obligaciones y compromisos en esta materia, mediante la firma y ratificación de diversos instrumentos internacionales de derechos humanos.
Por ello, estimó que la lucha contra la discriminación por la diversidad sexual “exige un cambio estructural para modificar conductas y favorecer la aparición de una cultura social y política de igualdad, reciprocidad y respeto”, ya que, de esta manera, se podrá alcanzar el reconocimiento de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Y aunado a lo anterior, “la aceptación de las personas caracterizadas por su diversidad sexual, prevaleciendo su derecho a vivir en paz y a ser como son o como deseen ser, sin que se les discrimine o estigmatice.”
Al respecto, Loaiza Cortero señaló que las modificaciones planteadas a tales normas buscan prevenir y sancionar la diseminación de discursos de odio que pueden ser utilizados para incitar y promover la discriminación y deshumanización, a través de distintos medios de difusión, por diversas razones, como la orientación sexual, la identidad y la expresión de género.
También, que el Ministerio Público o el órgano jurisdiccional, según corresponda, actúe con perspectiva de género y perspectiva de orientación sexual, identidad y expresión de género, y características sexuales, además de establecer que dicho delito se perseguirá por querella.