AUTORIZA CONGRESO HABER DE RETIRO PARA EL EX MAGISTRADO MARIO ANTONIO DE JESÚS JIMÉNEZ MARTÍNEZ
- Fungió como Magistrado por doce años, con motivo de su nombramiento y posterior ratificación, “plazos en los que se desempeñó en favor de los justiciables de manera pronta, completa e imparcial”.
Por José Luis Ramírez Romero
Tras analizar de manera individual su situación jurídica, el Congreso del Estado reconoció la conclusión del nombramiento de Magistrado Propietario del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) emitido a favor de Mario Antonio de Jesús Jiménez Martínez, y declaró procedente su solicitud de un haber de retiro, al cual tendrá derecho por un término improrrogable de seis años
Este se determinó considerando los siguientes parámetros: sueldo base, percepción complementaria mensual, compensación mensual, canasta básica mensual, aguinaldo anual, prima vacacional, bono anual, bono anual especial, arcón y pavo anual, y prestaciones que percibía al momento en que dejó de ejercer el cargo.
Según el acuerdo avalado por el Pleno de la LXIV Legislatura local, dentro del primer año, le será pagado al ex magistrado el equivalente al 70% de la remuneración que percibía; el segundo año, el 60%; el tercer año, el 50%; el cuarto año, el 40%; quinto año, el 30%; y el sexto año, el 20%.
Lo anterior, en razón de que Jiménez Martínez fungió como Magistrado por doce años, con motivo de su nombramiento y posterior ratificación, “plazos en los que dicho funcionario se desempeñó en favor de los justiciables de manera pronta, completa e imparcial como expresión de diligencia, excelencia profesional y honestidad invulnerable, circunstancia que se corrobora en diversos expedientes parlamentarios en el que obran los informes remitidos en su momento por dicho Magistrado”.
Ahora, el TSJE y el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado deberán realizar las acciones pertinentes, a efecto de garantizar el pago oportuno de dicho haber de retiro, pues las y los diputados locales establecieron que el acuerdo dictaminado por la Comisión de Puntos Constitucionales surtiera efectos de manera inmediata.
La Comisión que preside el diputado Éver Campeche Avelar (PRD) aseguró que el haber de retiro establecido para Jiménez Martínez “es enunciativo, pues no se pretende limitar las prestaciones a que tiene derecho”.
Además, indicó que “es acorde a los parámetros que derivan de la experiencia de la labor de los Tribunales Constitucionales de nuestro país y a las prestaciones que perciben los magistrados del Tribunal Superior de Justicia en activo”.
“Es oportuno precisar que el periodo y porcentajes definidos se han establecido en ejercicio de la libertad de configuración legislativa, esto es con la finalidad de que el Licenciado Mario Antonio de Jesús Jiménez Martínez satisfaga de forma autónoma sus necesidades. Necesario es precisar que el haber de retiro no se otorga de forma vitalicia, pues a la conclusión de los seis años correspondientes al haber de retiro, está en condiciones de generar ingresos para satisfacer sus necesidades, mediante el ejercicio profesional de la abogacía o cualquier otro trabajo relacionado con la profesión que ostenta”, añadió.