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DIF Nacional y Estatal acuerdan actualización del Sistema de Infantes Protegidos

  • El DIF Estatal realizará la captura y almacenamiento de siete registros para la implementación y actualización de dicho sistema informático administrado por la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

Por José Luis Ramírez Romero

El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF Nacional) y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Tlaxcala (DIF Estatal) acordaron establecer los mecanismos y procesos de coordinación para la captura, almacenamiento, envío y actualización de la información que conforma el «Sistema por tus Derechos: Niñas, niños y adolescentes protegidos», administrado por la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

Con base en un convenio general de colaboración que ambas partes signaron para establecer mecanismos de intercambio de información, colaboración, coordinación y asesoría en materia de prevención, promoción, protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, el DIF Estatal realizará la captura y almacenamiento de siete registros para la implementación y actualización de dicho sistema informático.

El primero corresponde al Registro de Adopciones, el cual se construyó de manera integral incluyendo los Registros de Información y el Registro de Niñas, Niños y Adolescentes cuya situación jurídica o familiar permita que sean susceptibles de adopción, así como el Registro de Niñas, Niños y Adolescentes susceptibles de adopción, el Registro de adopciones concluidas desagregadas en nacionales e internacionales y el Registro de Niñas, Niños y Adolescentes adoptados.

El segundo, es el Registro de solicitantes de adopción y aquellos que cuenten con certificado de idoneidad; el tercero, el Registro de autorizaciones de profesionales en materia de trabajo social y psicología o carreras afines para intervenir en procedimientos de adopción; y el cuarto, el Registro de las familias de acogida y de Niñas, Niños y Adolescentes Acogidos por éstas, junto con el Registro de las certificaciones otorgadas a una familia para fungir como Familia de Acogida.

El quinto, implica la Base de Datos de Niñas, Niños y Adolescentes en contexto de migración; el sexto, el Registro de Medidas de Protección y el séptimo, el Registro Nacional de Centros de Asistencia Social y resultado de las visitas de supervisión.

El DIF Estatal deberá transferir a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, a través del Sistema, la información que se genere de los registros señalados, la cual registrará o actualizará conforme a los plazos establecidos en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.