Crean nueva Ley de Desaparición de Personas para Tlaxcala; familiares participarán en acciones de búsqueda
- Diputados locales aprueban la legislación y crean un órgano administrativo desconcentrado denominado Comisión Estatal de Búsqueda, dependiente de la Segob
Diputados del Congreso del Estado aprobaron la nueva Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Tlaxcala durante la sesión de Pleno ordinaria virtual de este martes.
Nueva legislación que permite a los familiares de personas no localizadas, poder participar, conocer, opinar, recomendar acciones y dar seguimiento a las estrategias de búsqueda que realicen y desarrollen las autoridades estatales.
Una vez que sea publicada esta legislación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, se creará en Tlaxcala el Mecanismo Estatal de Coordinación en materia de Búsqueda de Personas y se integrará la Comisión Estatal de Búsqueda para la localización de personas desaparecidas o no localizadas.
El documento aprobado y que presentaron las comisiones unidas de Protección Civil, Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social; Derechos Humanos, Grupos Vulnerables, y Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; así como la de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia, garantiza la protección integral de los derechos de las personas desaparecidas hasta que se conozca su paradero y los hechos que lo llevaron a su no localización.
Además de proteger la atención, asistencia, protección y, en su caso, la reparación integral y las garantías de no repetición.
También, garantiza la participación de los familiares en el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las acciones de búsqueda e identificación de personas desaparecidas y no localizadas.
Con esto, los familiares tienen garantizada la coadyuvancia en las etapas de la investigación, de manera que puedan verter sus opiniones, recibir información, aportar indicios o evidencias, de acuerdo a los lineamientos y protocolos emitidos por el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
La nueva ley aprobada por mayoría de votos en la décimo primera sesión ordinaria, establece la distribución de competencias y las formas de coordinación entre el Estado y sus municipios, para la búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas, y esclarecer los hechos.
Asimismo, tiene el propósito de prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, así como los delitos vinculados señalados por la Ley General en la materia.
El ordenamiento aprobado por los legisladores locales, consta de 108 artículos, distribuidos en cinco títulos, 22 capítulos y 11 transitorios, contempla las disposiciones generales, los delitos, las responsabilidades administrativas, el mecanismo estatal de coordinación, los derechos de las víctimas y las estrategias de prevención del delito.
La creación de un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobierno, denominado Comisión Estatal de Búsqueda, pretende impulsar los esfuerzos de vinculación, operación, gestión, evaluación y seguimiento de las acciones entre autoridades que participan en la búsqueda, para la localización e identificación de personas, según detalla el texto de la nueva ley estatal.
De acuerdo a los artículos transitorios de la Ley, el Mecanismo Estatal de Coordinación deberá quedar instalado a más tardar 60 días después de la entrada en vigor de la nueva Ley, mismo periodo que tendrá el titular de la Secretaría de Gobierno para nombrar a los integrantes del Consejo Estatal Ciudadano.
Y el Ejecutivo del Estado tendrá un plazo no mayor a 30 días para nombrar al titular de la Comisión Estatal de Búsqueda y expedir el reglamento de la Ley, mientras que el Congreso del Estado deberá, en un periodo de 120 días, armonizar las leyes secundarias correspondientes.