Multas por maltrato animal en municipios son simbólicas
Los reglamentos establecen 35 UMA’s en promedio, cuando la ley estatal considera hasta 800 para quien maltrate a una mascota, además de que no hay denuncias
Las multas que los ayuntamientos establecieron para sancionar a las personas que maltraten a los animales, de acuerdo con los Reglamentos Municipales de Bienestar Animal, son meramente simbólicas y no representan un castigo como tal, mucho menos garantizan la reposición del daño.
Mientras que la Ley de Bienestar Animal para el Estado de Tlaxcala prevé sanciones de hasta 800 Unidades de Medida y su Actualización (UMA´s), en los ayuntamientos apenas se promedian 35, lo que también propicia que no haya denuncias por maltrato.
Organizaciones animalistas en la entidad lamentaron que desde los ayuntamientos no se procuren sanciones ejemplares para quienes dañan a las mascotas, y que la expedición de sus Reglamentos de Bienestar Animal haya sido un mero trámite para cumplir con la ley, sin ser conscientes de lo que implica la protección y el cuidado de los animales en Tlaxcala.
El Observatorio Ciudadano de Protección Animal (OCPA) detalló que, en promedio, de los 47 municipios que han emitido y publicado su respectivo reglamento, la multa máxima es de 15 Unidades de Medida y Actualización (UMA´s) y para quien reincida es de 35 UMA´s, un monto muy por debajo de lo que permite la Ley de Bienestar Animal, que dispone multas que, dependiendo la infracción, pueden ser de 5 a 200 UMA, de 10 a 500 UMA o de 15 a 800 UMA.
Por su parte, la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Tlaxcala (PROPAET) ha difundido que, para determinadas infracciones, la dependencia puede aplicar multas que van más de acuerdo con la mencionada ley.
A su vez, el OCPA advirtió que la diferencia tan grande entre las multas que establecen los reglamentos municipales y lo que permite la legislación puede causar que un ciudadano que quiera presentar alguna denuncia por la vía administrativa, prefiera hacerlo en la PROPAET y no en el ayuntamiento.
Este factor repercute directamente, ya que la autoridad que debe ser la primera respondiente es la municipal, tanto por cercanía como porque al menos el personal sumado que atienda las denuncias en los ayuntamientos es de mayor número al asignado por la dependencia estatal.
Es decir, los ayuntamientos tienen una mayor capacidad para atender las denuncias por maltrato pero es donde los agresores no son castigados o sancionados debidamente.