Suspenden a dos jueces por señalamientos de corrupción; llevaron caso de Itze Parada
En la reciente audiencia intermedia, la defensa de Itze solicitó un cambio en la medida cautelar, argumentando que el artículo 20 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece un límite de dos años para la prisión preventiva sin sentencia
Isabel Polvo
Por señalamientos de corrupción o desempeño judicial inadecuado fueron separados dos jueces que previamente estuvieron a cargo del caso de Itze Parada, informó Hugo René Temoltzin, defensor de la mujer encarcelada en prisión preventivamente durante cuatro años tras denunciar violencia familiar por su expareja, Rigoberto N.
Mientras la salud de Itze Parada se mantiene estable, según informó su madre, Maricela Rocha Méndez, persiste la angustia por la prolongada separación de sus hijos, de quienes fue separada el 10 de abril de 2020, a pesar de las denuncias previas por violencia familiar contra su exconcubino, Itze no logró reunirse con sus hijos, intento que hizo casi un año antes de su detención, aceptando incluso un pago como acuerdo de reparación del daño.
En la reciente audiencia intermedia, la defensa de Itze solicitó un cambio en la medida cautelar, argumentando que el artículo 20 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece un límite de dos años para la prisión preventiva sin sentencia.
Sin embargo, el juez a cargo denegó esta petición, citando una supuesta contradicción con otro artículo 19 fracción C del mismo ordenamiento. Ante esta negativa, la defensa presentará un amparo directo ante un juzgado de distrito para que se revise la procedencia del cambio de medida cautelar.
El abogado Temoltzin Carreto expresó a medios de comunicación «curiosamente, ningún juez ha tenido el arrojo de poder concederle ese beneficio, que constitucionalmente lo tiene. El día de ayer tuvimos una revisión de medida cautelar en esta causa judicial… Ahora el juez que recién conoce esta causa y de esta revisión de medida cautelar… dice que no la puede decretar porque el artículo 19 constitucional, segundo párrafo, se contrapone con lo que establece el 20 constitucional apartado de fracción IX y que como son dos normas que colisionan, bajo la reforma de abril del 2025 de la Constitución Federal, él no puede interpretar y no puede pronunciarse al respecto y deja que eso mejor lo conozca un juez de distrito».
A pesar de haber sido absuelta del delito de robo inicial y de los otros 19 cargos imputados por Rigoberto N. y su familia, en cuatro más no hubo vinculación a proceso y en cinco fue absuelta. Itze continúa en prisión preventiva por un delito que su defensa considera improcedente al haber sido presentado como culposo y no doloso.
El retraso en la audiencia intermedia se atribuye a la multiplicidad de cargos y a tácticas dilatorias de la defensa de Rigoberto N.
En un desarrollo paralelo, la defensa de Itze logró que se admitiera la apelación contra una sentencia de alimentos que la obligaba a pagar, a pesar de haber sido forzada por su expareja a dejar su empleo y carecer de ingresos al momento de la demanda. El abogado destacó la intervención positiva de una nueva magistrada en la Sala Civil-Familiar, lo que genera optimismo sobre la posibilidad de resoluciones más justas en el futuro.