Avalan modificar plazo de entrega de cuentas públicas en proceso electoral para renovación de Ejecutivo y Ayuntamientos
- En el año de elecciones para la renovación del Poder Ejecutivo, los ayuntamientos deben presentar su cuenta pública el primero y segundo trimestre del año respectivo, dentro de los 10 primeros días naturales al periodo que la cuenta pública se refiere, con ello se busca garantizar el debido proceso de dictaminación de los estados financieros.
Isabel Polvo
A fin de garantizar el debido proceso en la dictaminación de las cuentas públicas, los diputados locales aprobaron algunas reformas a la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Tlaxcala, con ello también se modifica el plazo de entrega de los estados financieros durante el proceso electoral para la renovación del Ejecutivo y los ayuntamientos.
De modo que deben presentar su cuenta pública del primero y segundo trimestres del ejercicio fiscal de que se trate, en los primeros 10 días naturales del periodo a que se refiera.
Asimismo, se establece que las cédulas de resultados se notifiquen a los entes fiscalizables a más tardar el 15 de agosto del mismo año, esto aplicará para el caso del año de elecciones para la renovación del Poder Ejecutivo, Legislativo y ayuntamientos.
En tanto, las cédulas de resultados que contengan observaciones y recomendaciones del primer y segundo trimestre, otorgando un término improrrogable de 15 días naturales, contados a partir de su notificación, para presentar la propuesta de solventación.
“Para el caso del año de elecciones para la renovación del Poder Ejecutivo, Legislativo y los ayuntamientos de municipios, el Órgano de Fiscalización Superior emitirá los resultados de solventación y notificará dentro del plazo de 15 días naturales contados a partir de la fecha de recepción de las propuestas de solventación a los entes correspondientes”.
En cuanto a los informes individuales referentes al proceso de fiscalización de los estados financieros del primer y segundo trimestres de los entes fiscalizables por parte del Órgano de Fiscalización Superior al Congreso sea el uno de octubre de ese año.
Mientras que los trimestres restantes se sujetarán al periodo ordinario de presentación y dictaminación del siguiente ejercicio fiscal. Lo anterior, permitirá realizar el desahogo íntegro del proceso de dictaminación.
En otro tema, durante la misma sesión los legisladores locales aprobaron crear la Ley para la Protección de Árboles Patrimonio en el estado de Tlaxcala, la cual tiene por objeto garantizar la protección, conservación, mantenimiento, difusión, fomento, investigación y desarrollo de los árboles patrimoniales.
“Los árboles con valor histórico y cultural presentes en el territorio del Estado de Tlaxcala, siempre y cuando se encuentren regulados por la Federación; Los árboles situados en espacios urbanos, con valor histórico y cultural sujetos al suelo”.