SIETE AYUNTAMIENTOS DEMANDAN CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL ANTE LA SCJN PARA DEFINICIÓN TERRITORIAL CON PUEBLA
- El Congreso local sólo se limitó a exhortar al Senado de la República “para que conozca y resuelva los conflictos entre Tlaxcala y Puebla acerca de sus límites territoriales”, y éste se declaró incompetente ante la falta de un convenio amistoso previo entre ambos estados.
Por José Luis Ramírez Romero
Autoridades de diversos municipios que colindan con Puebla exigieron al Congreso del Estado promover una Controversia Constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a efecto de establecer de modo definitivo los límites territoriales del Estado de Tlaxcala con la vecina entidad.
Luego de que quienes integran la actual legislatura local se limitaran a exhortar al Senado de la República “para que conozca y resuelva los conflictos entre Tlaxcala y Puebla acerca de sus límites territoriales”, y de que éste desechara, y diera por totalmente concluido, el asunto relativo a la proposición del Congreso local, representantes de los ayuntamientos de San Pablo del Monte, Tenancingo, Xicohtzinco, Papalotla, Ayometla, Zacatelco, y Tepetitla, solicitaron recurrir a la Corte para que ésta emita el fallo pertinente en esta materia.
Cabe recordar que, con base en el Artículo 46 de la Constitución federal, los conflictos sobre límites territoriales entre entidades federativas se pueden resolver en dos vías.
La primera, amistosamente mediante el concurso de voluntades de las partes, expresado en un convenio, el cual para tener validez jurídica debe contar con la aprobación de la Cámara de Senadores.
Y la segunda, mediante sentencia de la SCJN, que conocerá, sustanciará y resolverá, vía controversia constitucional, la situación, de no existir convenio entre las entidades federativas.
Al respecto, el Congreso del Estado exhortó en diciembre de 2021 a la Cámara Alta del Congreso de la Unión para que conociera del asunto referente a los conflictos entre las entidades federativas de Tlaxcala y Puebla, acerca de sus límites territoriales.
Y si bien la fracción X del Artículo 76 de la Constitución federal dispone que es facultad exclusiva del Senado autorizar, mediante decreto aprobado por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, los convenios amistosos que sobre sus respectivos límites celebren las entidades federativas, la Cámara Alta se declaró incompetente para atender el exhorto del Congreso de Tlaxcala.
Esto debido a que el Senado de la República no tiene la facultad de resolver sobre los conflictos entre entidades federativas sobre sus límites territoriales, ya que el alcance de su facultad radica únicamente en autorizar los convenios amistosos que, sobre sus respectivos límites, celebren las entidades federativas, situación que, en el caso de los estados de Tlaxcala y Puebla no ha ocurrido.
Es así que, ante la falta de un convenio amistoso entre ambas entidades federativas, está a salvo la posibilidad de estudiar el inicio de una controversia constitucional ante la SCJN para dar fin a los problemas limítrofes entre Tlaxcala y Puebla.
A la petición formulada por escrito por dichos ayuntamientos tlaxcaltecas al Congreso local, se suma la que representante de tales municipios presentaron a la gobernadora Lorena Cuellar Cisneros, para que, en su calidad de titular del Poder Ejecutivo, promueva el recurso ante la Corte y se solucione el conflicto limítrofe con Puebla.